jueves, 16 de septiembre de 2010

POSICION DE LOS SINDICATOS MAYORITARIOS

Hola de nuevo.

Los sindicatos mayoritarios, así como diversos colectivos del mundo de la cultura y otros sindicatos minoritarios o sectoriales que posteriormente se adhieren, hemos convocado Huelga General para el próximo día 29 de septiembre. Ete día coincide con la jornada de acción sindical que se ha convocado en Europa por Confederaciones Europeas de sindicato.

Las razones para convocar la huelga general son fundamentalmente todos las medidas que el gobierno ha tomado o ha declarado que va a tomar a través de diferentes reformas.

Si quieres saber más descargáte el documento que adjuntamos, no te lo pierdas !!


DESCARGATE EL DOCUMENTO SINDICATOS MAYORITARIOS ENTRE OTROS!!!!!

CUADRO COMPARATIVO PROYECTO DE LEY-REFORMA LABORAL


Hola compañeros/as.

Os adjuntamos un cuadro comparativo muy interesante sobre el Proyecto de Ley.

DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

DESDE LA SECCION SINDICAL DE UGT EN CAC, ESPERAMOS QUE ESTA DOCUMENTACION SEA DE VUESTRO INTERES Y UTILIDAD

YA SABEIS QUE PARA CUALQUIER CONSULTA NOS PODRÉIS ENCONTRAR EN LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT

martes, 14 de septiembre de 2010

TODAS LAS DUDAS SOBRE ¿QUÉ SIGNIFICA HACER HUELGA? Y ¿QUÉ ME PUEDE PASAR?

Hola,

os adjuntamos documentacion muy interesante sobre los efectos de la huelga.

Es un documento, casi de lectura obligatoria, ya que en él se explica las garantias de los huelguistas, como hacer huelga, etc....

Échale un vistazo, seguro que verás algo que no sabías.

DESCARGATE EL DOCUMENTO EFECTOS DE LA HUELGA !!!!!

ASAMBLEA DE TRABAJADORES EN VALENCIA

Estimados compañeros,

Comentaros que el próximo día 22 de septiembre se realizará una Asamblea General en Valencia

El lugar a realizar la Asamblea será en el Pabellón Poliesportiu “El Cabanyal” situado en la calle Arquitecto Alfaro, s/n. 46011 Valencia.

El comienzo será a las 11’00 horas.

Contamos con vuestra asistencia.

NOS VEMOS !!!

Un saludo,

SEMANA EUROPEA DE LA MOVILIDAD

Semana Europea de la Movilidad del 16 al 22 de septiembre


Recordaros que los Planes de Movilidad Sostenible al centro de trabajo tienen como objetivo disminuir el uso del vehículo privado para ir al trabajo mediante el fomento del transporte alternativo.
Tanto el Gobierno como la Generalitat están preparado la Ley de Movilidad Sostenible que va a obligar a las empresas de más de 200 trabajadores a elaborar este tipo de planes, cuya elaboración y puesta en marcha ya cuenta con subvenciones por parte de la Agencia Valenciana de la Energía.
Os adjuntamos un resumen de lo que supone un Plan de estas características.

Esperamos que este material sea de vuestra utilidad y estamos a vuestra disposición para lo que necesitéis.
Os adjuntamos también el enlace de las actividades previstas en Valencia por el colectivo Valencia en Bici

http://setmanamobilitatvalencia.blogspot.com/
El Departamento de Juventud de UGT ha puesto en marcha una campaña destinada a informar a los y las jóvenes acerca de los motivos de la convocatoria de la Huelga General y animarles a participar activamente en ella.

Para ello, y para acercar a la población y, concretamente a la juventud, lo que supondrá la aplicación de la Reforma Laboral, han elaborado un folleto informativo, en el que se analizan las medidas impuestas por el Gobierno, unas medidas que afectarán muy negativamente a las y los jóvenes porque les deja sin garantías laborales.

De hecho, la Reforma Laboral propuesta por el Gobierno no solucionará las altas tasas de paro juvenil que alcanza hasta el 33% en menores de 35 años, siendo esta de un 40% en menores de 30 años.

Esta reforma, que sigue manteniendo los múltiples tipos de contratos temporales y no potencia la contratación indefinida, no incluye ni una sola medida destinada a reducir estas cifras.

DESCARGATE EL DOCUMENTO JUVENTUD EN HUELGA !!!!!


DESCARGATE EL DOCUMENTO LO QUE NO SABIAS JUVENTUD!!!!!



DESCARGATE EL DOCUMENTO RAZONES DE HUELGA PARA LA MUJER!!!!!



DESCARGATE EL DOCUMENTO DESCUENTO APLICABLE POR LA HUELGA!!!!!

miércoles, 21 de julio de 2010

TODO LO QUE TIENES QUE SABER SOBRE LA HUEGLA DEL 29 DE SEPTIEMBRE

Hola compañeras y compañeros.

Desde la sección sindical de UGT, os adjuntamos documentos, que permitirán que conozcais la importancia del seguimiento y apoyo de la huega del 29 de septiembre.

PODREIS VER TRES DOCUMENTOS:
- DOCUMENTO CON LAS MODIFICACINES LABORALES DE LA REFORMA
- ARGUMENTARIO DE ¿PORQUE HAY QUE IR A LA HUELGA?
- MANIFIESTO DE UGT SOBRE LA HUELGA¡


DESCARGATE EL DOCUMENTO SOBRE LA REFORMA LABORAL !!!!!

ARGUMENTARIO HUELGA 29 DE SEPTIEMBRE!!!!!

DESCARGATE EL DOCUMENTO SOBRE EL MANIFIESTO DE UGT !!!!!


PARA MAS INFORMACION, NO DUDEIS EN CONSULTAR CON LA SECCION SINDICAL DE UGT, OS INCLUIMOS EL PLANO DE ACCESO A LA SECCIÓN SINDICAL


HUELGA 29 DE SEPTIEMBRE

Os adjuntamos un acceso directo para obtener toda la información sobre la huelga del 29 de Septiembre

HUELGA 29 DE SEPTIEMBRE !!!!!

lunes, 28 de junio de 2010

CUADRO COMPARATIVO REFORMA LABORAL

HOLA COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS.

OS ADJUNTAMOS UN DOCUMENTO COMPARATIVO DE LA REFORMA LABORAL.

ESPERAMOS QUE SEA DE VUESTRO INTERES


DESCARGATE EL CUADRO COMPARATIVO !!!!!

ASAMBLEA-MITIN 30 DE JUNIO-VALENCIA

Ante la ruptura del Dialogo Social y la Reforma Laboral que el Gobierno ha aprobado en el día 16 de junio de 2010 en su reunión extraordinaria de Consejos de Ministros, se ha convocado una huelga general para el día 29 de Septiembre de 2010.


Os informamos que el próximo 30 de Junio habrá una asamblea mitin de UGT y CCOO en el Pabellón Polideportivo de la Universidad Politécnica a las 11:30 horas.



ASAMBLEA MITÍN DE UGT Y CCOO

30 DE JUNIO DE 2010

11:30 h.

Pabellón Polideportivo de la Universidad Politécnica


Os adjuntamos el plano de ubicación, el cartel de la asamblea y un documento argumentario de la Huelga General.


DESCARGATE EL PLANO !!!!!

DESCARGATE EL CARTEL !!!!!


DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

TEXTO REFORMA LABORAL

OS ADJUNTAMOS EL TEXTO DE LA REFORMA LABORAL DE JUNIO 2010


DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

viernes, 4 de junio de 2010

RECORTES SALARIALES VALENCIA

Os comunicamos que dentro de las movilizaciones previstas por la UGT en contra de las medidas aprobadas últimamente respecto a los recortes salariales, nuestra Organización conjuntamente los sindicatos mayoritarios, ha convocado diversas manifestaciones.


El lugar y hora de las mismas será:

VALENCIA Día 8 de junio a las 18.30 horas con salida en la Plaza San Agustín
ALICANTE Día 8 de junio a las 18.30 horas con salida desde las Escalinatas del instituto Jorge Juan
CASTELLÓN Día 8 de junio a las 18.30 horas con salida en la plaza de las Aulas

l éxito de estas movilizaciones es necesario para hacer frente a los recortes presentes y a los anuncios de futuro.

El éxito de las mismas nos permitirá mantener la firmeza en el diálogo social.

Por lo tanto hacemos un llamamiento para conseguir movilizar a todos los trabajadores y trabajadoras en defensa de los derechos conseguidos y del estado de bienestar y en contra de los recortes salariales y sociales y os insistimos en la importancia de vuestra asistencia y la de todos los trabajadores y trabajadoras.
Os adjuntamos documento de alternativas y respuestas de la UGT ante el recorte social y salarial

Os adjuntamos las alternativas propuestas y resumenes de prensa.


ALTERNATIVAS PROPUESTAS !!!!!


DATOS PRENSA!!!!!

AYUDAS A LA VIVIENDA JOVEN

AYUDAS A LA VIVIENDA JOVENES

DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

RENOVACION DEL PARQUE DE TURISMOS

Os enviamos esta información que puede ser de vuestro interés.


Programa CO2TXE 2010, para la renovación del parque de turismos de la Comunitat Valenciana en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética (PAE4+). Ayudas a USUARIOS

ACCESO DIRECTO A LA INFORMACION!!!!!

ACCESO DIRECTO A CICLOS FORMATIVOS

Os informamos que ha salido la matricula para el acceso directo a ciclos formativos de grado superior

ACCESO DIRECTO!!!!!

miércoles, 26 de mayo de 2010

Modificaciones que afectan a las prestaciones económicas de las personas en situación de dependencia

Atención a personas en situación de dependencia

Modificaciones que afectan a las prestaciones económicas de las personas en situación de dependencia

MS 5664

L 39/2006 disp.final.1ª.2 y 3, modif RDL 8/2010 art.5, disp.adic.6ª y disp.trans.3ª, BOE 24-5-10

Fijación de un plazo máximo de resolución de las solicitudes de prestaciones de dependencia, al que va unido los efectos económicos de su reconocimiento.

El plazo máximo de resolución de las solicitudes de reconocimiento de la prestación de dependencia es de 6 meses, transcurrido dicho plazo, si no se hubiera notificado resolución expresa de reconocimiento de prestación, el derecho de acceso a la prestación económica que, en su caso, fuera reconocida, se genera desde el día siguiente al del cumplimiento del plazo máximo indicado.
Las cuantías en concepto de efectos retroactivos de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (L 39/2006 art.18), pueden ser aplazadas y su abono periodificado en pagos anuales de igual cuantía, en un plazo máximo de 5 años desde la fecha de la resolución firme de reconocimiento expreso de la prestación.
A las personas que hayan solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia con anterioridad al 25-5-2010, y se les reconozca un Grado III o un Grado II, les es de aplicación la L 26/2009 disp.final.1ªen la redacción vigente en el momento de presentación de la solicitud, es decir con aplicación progresiva retroactiva según el Grado reconocido.

ACCESO A LA JUBILACION PARCIAL

Eliminación del período transitorio para la aplicación paulatina de los requisitos de acceso a la jubilación parcial

Desde el 25-5-2010 ya no es posible acogerse al período transitorio establecido en la L 40/2007 disp.adic.17ª y que permitía la aplicación paulatina -en 7 años- de los requisitos más exigentes fijados para acceder a la jubilación parcial anticipada. Se mantiene, no obstante, hasta 2012 la posibilidad de jubilarse parcialmente a edades más tempranas respecto de trabajadores afectados por compromisos adoptados en EREs o por medio de CCols y acuerdos colectivos de empresa, aprobados o suscritos, respectivamente, con anterioridad al 25-5-2010.

A partir del 25-5-2010 para acceder a la jubilación parcial anticipada hay que cumplir los siguientes requisitos:
a) Edad mínima efectiva de 61 años. Según el período transitorio que ahora desaparece durante todo el 2010 cabía a la edad de 60 años y 4 meses. No obstante, respecto de esta exigencia de edad se permite hasta el 31-12-2012 la jubilación a edades más tempranas respecto de trabajadores afectados por compromisos adoptados en EREs o por medio de CCols y acuerdos colectivos de empresa, aprobados o suscritos, respectivamente, con anterioridad al 25-5-2010. En concreto, excepcionalmente estos colectivos se pueden jubilar:
.- a los 60 años si el trabajador relevista es contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida;
.- 60 años y 6 meses si el trabajador relevista es contratado en otras condiciones.
b) Antigüedad en la empresa de un mínimo de 6 años. Según el período transitorio que ahora desaparece durante todo el 2010 cabía con una antigüedad de 4 años.
c) Período de cotización efectiva de un mínimo de 30 años. Según el período transitorio que ahora desaparece durante todo el 2010 cabía con una cotización efectiva de 24 años.
d) El intervalo permitido de reducción de jornada ha de estar comprendido entre el 25 y el 75%. Según el período transitorio que ahora desaparece durante todo el 2010 cabía una reducción superior, entre un 25 y un 80%. Se mantiene la posibilidad de que la reducción alcance el 85% cuando el trabajador que se jubila parcialmente de forma anticipada reúne los restantes requisitos y siempre que el relevista contratado en sustitución lo fuera mediante un contrato de duración indefinida y a jornada completa (LGSS art.166.2.c).


MS 4327, 4328, 4329, 9187
MSS 3164, 3165, 3166, 3167, 3168
MCT 3882
MDE 6140, 7670
RDL 8/2010 disp.derog.única. Uno. a) y disp.trans.2ª, BOE 24-5-2010

ACCESO A LA JUBILACION

Exigencia de acreditar 5.475 días o 15 años de cotización efectiva para acceder a la jubilación contributiva

MS 4241
MSS 3018
MDE 6137, 6140
RDL 8/2010 disp.derog.única.Uno.a), BOE 24-45-2010

Para el reconocimiento de una pensión de jubilación contributiva -a partir del 25-5-2010- es preciso acreditar 5.475 días, esto es, 15 años de cotización efectiva sin computar los días cuota (correspondientes a las dos gratificaciones extraordinarias). Se elimina así el período transitorio establecido con el objeto de respetar derechos en curso de adquisición y que demoraba la acreditación de la carencia mencionada hasta el 1-1-2013.

A partir del 25-5-2010 para el reconocimiento de una pensión de jubilación contributiva se exige acreditar 5.475 días o 15 años de cotización efectiva sin computar los días cuota correspondientes a las dos gratificaciones extraordinarias. Se elimina así el período transitorio que permitió, hasta el 24-5-2010, la jubilación de quien acreditaba tan sólo 5.008 días de cotización efectiva. Norma transitoria en cuyo marco no se alcanzaba hasta el 1-1-2013 la exigencia actual de 5.475 dí

SUPRESION PARA EL 201 DEL CHEQUE-BEBÉ

Prestaciones familiares

Supresión para el 2011 del chequé-bebé

A partir del 1-1-2011 se suprime la deducción del IRPF o la prestación familiar por nacimiento o adopción de hijo

Con efectos desde 1-1-2011 queda suprimida la deducción del IRPF o la prestación familiar no contributiva por nacimiento o adopción de hijo, establecida en una cuantía de 2.500 €.
Los nacimientos que se hubieran producido en 2010 y las adopciones que se hubieran constituido en dicho año, dan derecho en dicho período impositivo a la deducción o a la prestación por nacimiento o adopción siempre que la inscripción en el Registro Civil se efectúe antes de 31-1-2011, pudiendo igualmente, en este último caso, solicitar antes de la citada fecha la percepción anticipada de la deducción o la percepción de la prestación.



MS 4583
MSS 3554, 3571
L 35/2006 art.81 bis, suprimido RDL 8/2010 art.6.1, BOE 24-5-10;
L 35/2006 art.103.1 y 2 y disp.adic.26ª, modif RDL 8/2010 art.6.2 y 3, BOE 24-5-10;
LGSS art.181.d, art.188 bis a 188 sexies, suprimidos RDL 8/2010 art.7.1 y 3, BOE 24-5-10;
LGSS disp.adic.48ª, modif RDL 8/2010 art.7.5, BOE 24-5-10;
L 35/2007 art.1 a 5 y disp.adic.1ª y 2ª, derog RDL 8/2010, BOE 24-5-10

jueves, 20 de mayo de 2010

ARGUMENTOS CONTRA RECORTES SALARIALES Y SOCIALES

DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

PLAN DE IGUALDAD CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

Os podeis descargar el documento integro del PLAN DE IGUALDAD DE CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS, firmado el pasado 16 de marzo de 2010.

El documento lo podréis encontrar en la parte derecho del blog en el apartado "DESCARGAS DE DOCUMENTOS"

miércoles, 5 de mayo de 2010

VIAJES CULTURALES Y DE TURISMO (IVAJ)

Os pasamos unos enlaces que pueden ser de vuestro interés.


Viajes culturales y turismo activo: Campamentos para jóvenes (IVAJ)
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1868


Viajes culturales y turismo activo: Fines de Semana (IVAJ)
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=15290


Viajes culturales y turismo activo: Semanas en verano (IVAJ).
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1864


Viajes culturales y turismo activo: actividades de un día (IVAJ)
http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=15278

lunes, 3 de mayo de 2010

Miles de personas demandan empleo con derechos y la garantía de las pensiones en el Primero de Mayo

Miles de personas en Valencia, Alicante, Castellón, Alcoi y Elx, convocados por la UGT-PV y CCOO-PV se manifestaron el pasado sábado en demanda de empleo con derechos y por la garantía de las pensiones, con motivo del Día Internacional del Trabajo.

Al final de la manifestación de Valencia, que contó con la participación de más de 15.000 personas, Conrado Hernández, secretario general de la UGT-PV, se dirigió a los manifestantes para recordar la importancia del empleo como generador de riqueza y cohesión social, máxime cuando en la Comunitat hay casi 600.000 personas en desempleo, de las que, cerca de 200.000 carecen de protección social.

En la misma, reclamó al Gobierno valenciano que dé soluciones ya, a la situación de crisis que se ha cebado en los trabajadores y trabajadoras valencianas y exigió que se pongan en marcha los mecanismos necesarios para cambiar el modelo productivo en la Comunitat Valenciana, con unos sectores productivos equilibrados. En este sentido, recriminó que el president de la Generalitat, Francisco Camps, se mantenga escondido, por lo que demandó que se haga visible y no se esconda actuando como si no pasara nada, una actitud que calificó de irresponsable.

Asi mismo, incidió en la importancia de la creación de empleo de calidad y por ello instó a los empresarios y a la Generalitat a sentarse con los sindicatos más representativos para adoptar decisiones efectivas ya, bien dentro del acuerdo del Pacto Valenciano por el Crecimiento y el Empleo (PAVACE) o en un marco más amplio.

Por último, quiso hacer un homenaje a Carmen Campos Bodón, una histórica militante de la UGT, desde el año 1936, que falleció hace pocas fechas y recordó la represión franquista y la necesidad de no olvidar lo que pasó en aquellos años de represión

CAMPAMENTOS DE VERANO 2010-VALENCIA

Os adjuntamos un listado de diferentes entidades juveniles de la ciudad de Valencia que organizan campamentos de verano para niños/as entre 8 y 16 años.

A partir de hoy día 4 de mayo comienzan las inscripciones en los diferentes centros.

Espero que esta información os sirva.


CAMPAMENTOS DE VERANO 2010!!!!!

viernes, 30 de abril de 2010

DECLARACION DE LA RENTA 2009

Comienza el plazo para la realización de la renta.

Recordaros, que desde la UGT, se ofrece la posibilidad de que te realicen la declaración de la Renta 2009 completamente gratuita a los afiliados.

1 DE MAYO - FIESTA DEL TRABAJADOR/A

Estimadas compañeras y compañeros:

Como sabéis este sábado celebramos el 1º de mayo un día emblemático para los trabajadores y las trabajadoras.

Este año el lema escogido es “POR EL EMPLEO CON DERECHOS Y POR LA GARANTÍA DE NUESTRAS PENSIONES”

La manifestación saldrá desde la Plaza San Agustín de Valencia a las 11:30 h

En Alicante desde las Escalinatas del Instituto Jorge Juan a la misma hora.
En Castellón desde la Plaza de la Independencia a la misma hora.
En Elx desde la Plaza Barcelona a las 10:00 h.
En Alcoi desde la Avenida de la Albereda a las 11:00 h.

La Federación de Servicios de la UGT iremos junto a la batukada, por ello, y para ir todas y todos juntos, acudid a las 11:00 horas a la isleta que hay frente a la iglesia de San Agustín.

Después de la manifestación en Valencia participaremos de la fiesta que organizamos desde la UGT-PV en la Alameda, con música, paella gigante, refrescos, castillo flotante para niños y niñas…

Os esperamos a todas y a todos

Saludos

lunes, 19 de abril de 2010

¿PORQUE ME TENGO QUE AFILIAR?


Aposta segur Afilia't

Centenars de milers de treballadors i treballadores ja formen part de la UGT.

Quines avantatges suposa estar afiliat/da a la UGT?

Els avantatges d'estar afiliat/da a un sindicat organitzat i estructurat, com és la UGT, són nombroses:

*Gabinets jurídics especialitzats (advocats/des laboralistes, etc.)

INFORMACIÓ I ASSESSORAMENT PERMANENT:
Contractació, salaris, vacances, nòmines, jornades, convenis col·lectius, liquidacions, jubilacions, pensions, seguretat social, acomiadaments, etc.
Expedients de regulació.
Protecció per desocupació.
Prevenció de riscos laborals.
Formació contínua adaptada als llocs de treball.
Formació sindical específica als delegats/des de personal, membres de comités i delegats/des de seguretat i salut.

ALTRES SERVEIS:
Vacances, viatges i hotels.
Campaments infantils d'estiu.
Oci: residències, temps lliure.
Establiments concertats.
Segur d'accident de 3000 euros per a cada afiliat/da (per mort).
Declaració de la renda.
Recorda: La quota sindical es desgrava a la declaració de la renda

1 DE MAYO "DIA DEL TRABAJADOR"



1 DE MAYO "POR EL EMPLEO CON DERECHOS Y LA GARANTÍA DE NUESTRAS PENSIONES"


VISITA LA WEB DONDE PODRÁS VER TODOS LOS ACTOS ORGANIZADOS PARA EL 1 DE MAYO.....ACOMPAÑANOS !!!!!

MANIFESTACION EN VALENCIA
11:30 HORAS EN LA PLAZA DE SAN AGUSTÍN
A CONTINUACIÓN FIESTA EN EL PASEO DE L'ALBEREDA

ACOMPAÑANOS EN ESTE DÍA

MANIFIESTO CON SINDICATOS EL TRABAJO ES MAS SEGURO

OS ADJUNTAMOS EL DIPTICO QUE SE HA PUBLICADO PARA LOS ACTOS DEL 28 DE ABRIL DE 2010.

DIA INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO "CON SINDICATOS EL TRABAJO ES MAS SEGURO".

DESCARGATE EL MANIFIESTO !!!!!

jueves, 1 de abril de 2010

BOLETIN UGT DE ABRIL

YA ESTÁ EL BOLETIN DE ABRIL, PARA LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA CIUDAD DE LAS ARTES

DESCARGATE EL BOLETIN DEL MES DE ABRIL !!!!!


PARA MAYOR INFORMACION PUEDES VENIR A VISITARNOS A LA SECCION SINDICAL.

AGENDA DE CONCIERTOS

▫ SIDONIE, actuarán en la sala club dos de Petrer (Alicante) el 8.
▫ ESTOPA, actuará el 10 en el Pavellón Vila de Onda (Castellón).
▫ SHUARMA, actuará el 10 en la Sala Wah Wah de Valencia.
▫ SECOND, actuará el 17 en el local Invassion Pop Club de Orihuela (Alicante) y el 25 en el Magic Box de Castellón.
▫ MELENDI, actuará el 23 en la Sala La Nau Jove de Silla (Valencia)
▫ FITO Y LOS FITIPALDIS, actuarán el 24 en el Parque Antonio Soria de Torrevieja (Alicante).
▫ ISMAEL SERRANO, actuará el 28 en el Paraninfo de la Universidad de
Alicante a las 20:30 h.

jueves, 25 de marzo de 2010

PLAN DE IGUALDAD EN CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

Como ya sabéis se firmó el pasado 16 de marzo de 2010, el Plan de Igualdad de la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El plan es el resultado del compromiso firmado entre la empresa y la Representación de los trabajadores el pasado Noviembre de 2008, para dar cumplimiento a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, en la que dice que las empresas con más de 250 trabajadores están obligados a negociar un plan de Igualdad.

La firma de dicho Plan de Igualdad supone un importante avance en las mejoras de las condiciones laborales del personal, así como el compromiso de integrar la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, poniendo especial interés en las medidas sobre conciliación de la vida personal y laboral.

En la primera fase del Plan de Igualdad se hizo un diagnostico

los artículos 45 y 46 de la LOI, puesto que delimitan que la negociación del Plan de Igualdad exigirá que de forma previa a su diseño, se realice una evaluación del estado real de la cuestión y que ha de tener en cuenta todos los procesos internos, políticas de gestión de recursos humanos,la comunicación interna y externa, las condiciones laborales y la proporción de mujeres y hombres en los diferentes puestos
de trabajo, en las categorías profesionales y en los niveles de responsabilidad

Con la información recopilada conseguimos :
Definir los OBJETIVOS a conseguir
Plantear ACCIONES para lograrlos
Señalar los criterios de seguimiento y de evaluación

Para garantizar la aplicación del plan se ha formado un Comité de seguimiento formado por 5 componentes de los 6 de UGT

El plan de Igualdad de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, tiene un total de 31 acciones repartidas en los siguientes campos, lo que supone un avance importante de los trabajadores y trabajadores de la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

1- Igualdad en el acceso al empelo y la contratación
2- Igualdad en la clasificación profesional, promoción y formación.
3- Igualdad en la retribución.
4- Medidas en materia de ordenación del Trabajo y conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
5. Acoso sexual y discriminación.

Para mayor informacion os podéis dirigir a la Sección Sindical de UGT, donde os ampliaremos toda la informácion que necesitéis.


DESCARGATE EL PLAN DE IGUALDAD DE CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS INTEGRO !!!!!

miércoles, 24 de marzo de 2010




Si te interesan estos cursos, acercate a la sección sindical y te informaremos.

jueves, 11 de marzo de 2010

AYUDAS PARA CURSOS DE LENGUA FRANCESA, ALEMANA, INGLESA

Os adjuntamos diferentes enlaces sobre ayudas que tal vez puedan ser de vuestro interés.

- Ayudas para cursos de lengua alemana o francesa en el extranjero durante el verano de 2010 para alumnado de estudios universitarios y de enseñanzas artísticas superiores http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/27/pdfs/BOE-A-2010-3214.pdf o http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3214

- Ayudas para cursos de lengua alemana o francesa en el extranjero durante el verano de 2010 para alumnado de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas. http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/27/pdfs/BOE-A-2010-3215.pdf o http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3215

- Ayudas para cursos de lengua francesa en Francia durante el mes de julio de 2010. http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/27/pdfs/BOE-A-2010-3216.pdf o http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3216

- Ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero, destinadas a maestros y estudiantes de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Maestro. http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/27/pdfs/BOE-A-2010-3217.pdf o http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3217

- Ayudas para cursos de lengua inglesa, durante el verano de 2010, destinadas a jóvenes de entre 16 y 30 años. http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/27/pdfs/BOE-A-2010-3218.pdf o http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-3218

viernes, 5 de marzo de 2010

VIAJES CULTURALES Y TURISMO ACTIVO,. SEMANA SANTA 2010

Ha salido publicado los viajes culturales y turismo activo para Semana Santa 2010 del IVAJ.

Os adjuntamos el enlace para vuestro conocimiento

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1863

BOLETIN DE AYUDAS A LA VIVIENDA

Os adjuntamos la dirección para poder ver el boletin de ayudas a la vivienda para jóvenes.

Actualidad
Nuevas Ayudas a la Vivienda
Futuras viviendas
Actualidad en Legislación y Sentencias
Tipos de interés para préstamos convenidos
Recursos Web
ACCESO A LA VIVIENDA PROTEGIDA
Glosario
Recomendaciones Prácticas

http://www.ayudasviviendajoven.es/Documentos/boletines/01_03_2010_12_44_23_Marzo2010.pdf

viernes, 26 de febrero de 2010

CONVENIO COLECTIVO DE GARAJES, APARCAMIENTOS

YA ESTA EL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE GARAJES APARCAMIENTOS SERVICIOS DE LAVADO Y ENGRASE Y AUTOESTACIONES DE VALENCIA 2009 2010

OS LO PODEIS DESCARGAR DESDE LA PESTAÑA "DESCARGA DE DOCUMENTOS".

PARA MAYOR INFORMACIÓN OS PODÉIS PONER EN CONTACTO CON LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT.

ESPERAMOS SEA DE VUESTRO INTERÉS.

TABLAS SALARIALES OFICINAS Y DESPACHOS 2010

TABLAS SALARIALES OFICINAS Y DESPACHOS 2010

El 25 de febrero, la UGT-FeS-PV junto con el resto de integrantes de la comisión paritaria del Convenio Colectivo provincial de Valencia de Oficinas y Despachos 2008-2011, ha firmado las tablas salariales definitivas del 2009 y provisionales para el 2010, tal y como contempla el convenio colectivo.

os adjuntamos las tablas salariales

DESCARGATE LAS TABLAS DEFINITIVAS 2009 Y PROVISIONALES 2010
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jueves, 18 de febrero de 2010

MANIFESTACION 23 DE FEBRERO EN VALENCIA EN DEFENSA DE LAS PENSIONES

Antes de iniciar un nuevo proceso de negociación para la reforma de las pensiones, es conveniente que culminen los temas que aún están pendientes del Acuerdo de Pensiones de 2006:

• La integración en el Régimen General del Régimen Especial Agrario y el Régimen Especial de Empleadas de Hogar.
• Rebajar la edad de jubilación a los trabajadores sometidos a condiciones laborales penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres.

CCOO y UGT proponen:
• Favorecer y mejorar la figura de la Jubilación Flexible, de modo que, manteniendo la edad legal de jubilación a los 65 años, los trabajadores puedan voluntariamente elegir entre anticipar o retrasar la edad de jubilación. La Jubilación Flexible, que ya existe en nuestro país, ayuda a la sostenibilidad del sistema, y no supone
ningún recorte de derechos.
• Mejorar la financiación del Sistema de Pensiones. Culminar la separación de fuentes, de modo que la financiación pública asuma íntegramente, entre otros, los complementos a mínimos (más de 4.000 millones de euros al año se pagan con cotizaciones). Mejora del Salario Mínimo Interprofesional (hasta acercarlo al 60% del
salario medio) para mejorar las cotizaciones.
• Seguir mejorando las pensiones mínimas para situarlas por encima del umbral de la pobreza.
• La adopción de medidas que fomenten la permanencia de los trabajadores de más edad del mercado de trabajo, reforzando las políticas activas dirigidas a este colectivo y contra la discriminación por razones de edad.
• La mejora del modelo productivo, de modo que todos los trabajadores tengan un empleo de calidad y con derechos, con salarios suficientes, que permita asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo.
• Crear medidas que mejoren la protección social de los trabajadores mayores de 50 años que han sido expulsados del mercado de trabajo.
• En lugar de situar el objetivo únicamente en la reducción de gastos, debe abordarse una nueva estructura de ingresos que garantice la suficiencia financiera del sistema de Seguridad Social.
Las reformas deben ser acordadas, no impuestas UGT y CCOO manifestamos nuestro más absoluto rechazo a abordar la sostenibilidad del sistema de pensiones mediante medidas de recorte drástico de la protección social.

El Pacto de Toledo desde 1995 ha facilitado el consenso de los agentes sociales (sindicatos y empresarios) y los partidos políticos para que las reformas de las pensiones se hiciesen con acuerdo de todos, y que no se utilicen como instrumento de confrontación política.
La participación de las organizaciones sociales a través del Diálogo Social asegura que las reformas no impliquen un recorte a los derechos de los trabajadores, y que siempre contribuyan a asegurar el sostenimiento del sistema público de pensiones.
Rechazamos las propuestas del Gobierno porque son:
REGRESIVAS
Porque cualquier trabajador necesitaría más de 15 años de cotización para tener derecho a una pensión.
INSOLIDARIAS
Porque carga los recortes sobre los futuros pensionistas.
EQUIVOCADAS
Porque se centran en el gasto de la Seguridad Social y no en los ingresos, e incumplen compromisos ya adquiridos para incrementar las aportaciones públicas a la financiación del sistema.
IMPRUDENTES
Porque amenazan con quebrar el consenso político y social necesariospara la estabilidad del sistema.



Actos de UGT con motivo de las movilizaciones contra la reforma del sistema de pensiones


VALENCIA 23-Febrero 19:30 Salida desde la Plaza de San Agustín UGT-CCOO


http://www.ugt.es/campanas/pensiones/images/UGT_diptico_jubilacion2010.pdf

martes, 9 de febrero de 2010

DESCARGATE EL BOLETIN DE FEBRERO

Como todos los meses, os adjuntamos el boletín que repartimos a los trabajadores/as de la Ciudad de las Artes y las ciencias.

Somos muchos y puede que alguien se haya quedado alguna vez sin ejemplares, por lo que colgamos el documento en el blog, para que lo podáis ver cuando queráis.

Este mes tratamos los siguientes temas:

Externalización
Nueva normativa de la Duración de Incapacidad Temporal
Formacion Continua
Sección Sindical de UGT
Noticias en CAC, Aplicación art. 19 Convenio Oficinas y Despachos
Y ....información sobre nuestro blog..

No dejes de leerlo...nos gusta que estés informado.

DESCARGATE EL DOCUMENTO PARTE 1 !!!!!

DESCARGATE EL DOCUMENTO PARTE 2!!!!!

PARTIDO BENEFICO VALENCIA CF VS. LEVANTE UD POR HAITE

La UGT-PV, a través del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD-PV), organiza un partido de fútbol benéfico en solidaridad con Haití entre los veteranos del Valencia CF y los del Levante UD. El partido, que tendrá lugar el próximo domingo 14 de febrero a las 11 horas en el polideportivo Municipal de Aldaia, ha sido presentado hoy en rueda de prensa por la secretaria de migraciones y cooperación de la UGT-PV, Marisa Baena
El presidente de la Asociación de Futbolistas del Valencia CF, Fernando Giner, por su parte, además de agradecer la iniciativa del sindicato y la colaboración entre instituciones y entidades deportivas para que llegue a producirse, ha adelantado que la Asociación que dirige va a instar al club a la construcción en Haití de una escuela de fútbol que lleve el nombre del VCF, para que la ayuda con el pueblo haitiano no solo se quede en el corto plazo sino que ahonde en el medio y largo plazo en la reconstrucción del país y de su tejido económico y social.

Vicente Latorre, presidente de la Asociación de Veteranos del Levante UD ha afirmado que este tipo de actos, de hermandad entre clubes rivales como lo son el Valencia y el Levante por motivos de solidaridad engrandecen a las entidades y a las personas, Así, Latorre ha manifestado que la colaboración en la cita por parte de los dos clubes de referencia de la ciudad de Valencia era más que obligada, de acuerdo a su función social en acontecimientos dramáticos como el que se ha vivido en Haití, y ha animado a la afición al deporte y al fútbol en concreto a asistir al encuentro y colaborar

Las entradas, a 3 euros y a 6 euros con camiseta del encuentro, se pondrán a la venta a partir de mañana martes en la sede de la UGT-PV en Valencia, en las tiendas oficiales del Valencia CF y del Levante UD, así como en el propio polideportivo municipal de Aldaia el mismo día del encuentro.



DESCARGATE EL CARTEL DEL PARTIDO !!!!!

lunes, 8 de febrero de 2010

REFORMA LABORAL

Líneas de actuación en el mercado de trabajo para su discusión con los Interlocutores sociales en el marco del diálogo social.
I. Introducción La consecuencia más grave en la economía española de la crisis económica y financiera iniciada en 2008 es, sin duda, la destrucción de empleo, que ha elevado la tasa de paro a casi un 19% de la población activa y que afecta de manera singular a los jóvenes.

En este contexto, el Gobierno ha venido adoptando medidas extraordinarias de lucha contra la crisis en el ámbito económico y laboral y en el de la protección social de las personas desempleadas.

Ahora la principal responsabilidad de todos –ciudadanos, agentes sociales y, particularmente, Administraciones Públicas- es contribuir a la recuperación de la actividad y, en este proceso, la creación de empleo debe ser el referente esencial.

El Gobierno tiene la convicción de que alcanzar un crecimiento económico robusto, equilibrado y sostenible exige la adopción de reformas ambiciosas en todos los ámbitos de la actividad económica, incluido el marco de las relaciones laborales.

En la presentación de la Estrategia de Economía Sostenible, el pasado 2 de diciembre, el Presidente del Gobierno se comprometió a presentar una propuesta de medidas laborales para su negociación con los interlocutores sociales, lo que constituye el objeto de este documento.

Más allá de la fase cíclica por la que atraviesa la economía española, nuestro mercado de trabajo presenta serias debilidades que se manifiestan incluso en etapas de alto crecimiento:

• Una capacidad muy alta para generar empleos en las fases de expansión económica pero también una muy alta flexibilidad en la salida del mercado de trabajo que se ha constatado en la actual crisis con la elevada destrucción de empleo.

• Una excesiva segmentación del mercado de trabajo entre trabajadores con contratos fijos y con contratos temporales, que se proyecta sobre el conjunto de la política de empleo y sobre todas y cada una de las instituciones laborales, dificultando la estabilidad laboral y magnificando los ajustes de empleo ante perturbaciones económicas

• Una rotación excesiva de los trabajadores con contrato temporal, en especial entre los jóvenes, que asumen en mayor medida la destrucción de empleo frente a fórmulas de flexibilidad alternativas como la adaptación de los salarios o la reducción del tiempo de trabajo.

• Una escasa inversión, tanto pública como privada, en formación como consecuencia de una insuficiente estabilidad en el empleo y que dificulta la movilidad de los trabajadores.

Unas nuevas relaciones laborales deben garantizar la igualdad de trato para todos y fomentar la búsqueda de mejores oportunidades. Igualmente, necesitan unas instituciones laborales que remuneren adecuadamente el esfuerzo y la inversión en capital humano y unas Administraciones Públicas que garanticen la protección efectiva de los trabajadores, mejorando su empleabilidad y reduciendo el riesgo de exclusión laboral.

Por este motivo, las medidas que propone el Gobierno para mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo español pretenden los siguientes objetivos:

1º. Favorecer la creación de empleo, reducir el desempleo e impulsar la confianza de los agentes económicos y sociales en las posibilidades de un patrón de crecimiento más sostenible.

2º Reducir la dualidad, la segmentación y la temporalidad de nuestro mercado de trabajo, avanzando hacia empleos de mayor calidad y estabilidad.

3º. Aumentar las oportunidades de empleo de las personas desempleadas, mediante la mejora general de la empleabilidad y de los mecanismos de intermediación laboral.

4º. Aumentar la flexibilidad interna de las empresas, de manera que la adaptación a la situación económica de las mismas se produzca sin afectar tan intensamente al volumen de empleo.

5º. Ampliar las oportunidades de empleo y la capacidad de integración de los jóvenes con menor formación en el mercado de trabajo mediante un Programa Extraordinario de Empleo.

Con esa finalidad, el Gobierno propone las siguientes actuaciones para su negociación con los interlocutores sociales en el marco del diálogo social. Estas actuaciones deberán enmarcarse en el contexto del plan de austeridad presupuestaria recientemente aprobado por el Gobierno.


II. Líneas de actuación

1. Actuaciones para reducir la dualidad y la temporalidad de nuestro mercado laboral La dualidad entre trabajadores fijos y temporales constituye, como se ha señalado, el problema estructural más grave de nuestro mercado de trabajo.

Nuestro mercado laboral ha venido funcionando en las últimas décadas con unas tasas elevadas de temporalidad que sólo la actual crisis ha logrado situar claramente por debajo del 30%. Se ha generado así una segmentación que, por otra parte, incide de manera especial en los trabajadores más jóvenes y, con carácter más general, en aquéllos con menor nivel de cualificación profesional.

Está comúnmente admitido que la contratación temporal ha sido, desde hace ya veinticinco años, la fórmula mayoritariamente utilizada por las empresas españolas para obtener flexibilidad. De hecho, el recurso excesivo a la temporalidad ha impregnado nuestro sistema de tal forma que ha reemplazado la utilización normalizada de múltiples instituciones laborales tales como los períodos de prueba al inicio de las contrataciones indefinidas, la contratación a tiempo parcial, los contratos formativos o las medidas de flexibilidad interna que, como es fácilmente constatable, son empleadas en nuestro país de forma significativamente más reducida que en los países de nuestro entorno europeo.

Un objetivo de este proceso de diálogo social debe ser situar a la contratación estable como elemento central del nuevo modelo de crecimiento económico y de nuestro sistema de relaciones laborales. Una contratación estable y de calidad que permita la formación y la cualificación de los trabajadores, la implicación de éstos en el proyecto empresarial y mayores niveles de seguridad y salud en el trabajo. Sólo la centralidad del trabajo estable hará crecer la productividad en unos términos que redunden en el aumento de la competitividad de las empresas y de la economía española.

Debe reconocerse que las medidas de todo orden adoptadas desde hace años para corregir esta disfunción de nuestro mercado de trabajo –incluidos entre ellas los programas públicos de fomento de la contratación indefinida basados en la reducción de las cotizaciones sociales-, han resultado ineficaces. Por ello, si se aspira a reducir de forma significativa la dualidad actual del mercado laboral, acercándonos a los estándares europeos de temporalidad, debería actuarse simultáneamente y con similares niveles de intensidad a través de medidas que propicien el recurso a la contratación indefinida, y en consecuencia, el empleo indefinido, y de otras que racionalicen el uso de la contratación temporal y desincentiven su uso injustificado. Todo ello sin que produzca un incremento de costes que grave en exceso a las nuevas contrataciones y afecte a la creación global de empleo.

Contratación de duración determinada
Para corregir la temporalidad injustificada es obligado avanzar en medidas de reforma de nuestro ordenamiento jurídico que contribuyan al objetivo señalado.

Sin ánimo exhaustivo, es necesario reflexionar una vez más sobre la definición de las causas de las distintas modalidades contractuales por tiempo determinado o sobre la vinculación del contrato de obra o servicio a la subcontratación empresarial. Debería ser posible reforzar igualmente los mecanismos para evitar el encadenamiento de contratos temporales y la rotación laboral de trabajadores en puestos de trabajo dentro de la misma empresa.

Además de estas medidas de orden jurídico, puede valorarse la conveniencia de operar sobre las diferencias comparativas de este tipo de contratación en el orden económico, en la doble vertiente de las indemnizaciones por fin de contrato y los tipos de cotización de los mismos por la contingencia de desempleo. La repercusión de la finalización de este tipo de contratos en el coste global del sistema de protección por desempleo es, sustancialmente, mayor que la proveniente de los contratos indefinidos. Cabe, pues, plantearse la adopción de medidas que lleven a cierta asunción directa de este coste diferencial por las empresas que recurran más a la contratación temporal.

La programación de campañas sistemáticas por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para controlar la contratación temporal injustificada o realizada en fraude de ley, es otra línea obligada de actuación.

Junto a estas posibles medidas legales o de tipo económico, debe estudiarse el posible incremento de las facultades reconocidas a la negociación colectiva para controlar y combatir la contratación temporal injustificada.

Las medidas de reducción de la temporalidad deben extenderse igualmente a todas las Administraciones Públicas, de conformidad con el sentido de los Acuerdos ya suscritos con la representación de los empleados públicos.

Contratación indefinida
Contratación temporal y contratación indefinida son dos caras de una misma moneda. Teniendo presente el equilibrio global que debe caracterizar las medidas que finalmente se adopten, resulta obvio que las dirigidas a combatir la contratación temporal injustificada deben acompañarse, necesariamente, de medidas que hagan más atractiva para las empresas la contratación indefinida. El reto es, por tanto, que las empresas hagan al trabajador un contrato fijo en lugar de un contrato temporal, garantizando que resulte más rentable y eficiente, y que no pierden la flexibilidad con que asocian a éste último. Se trataría de avanzar hacia una contratación indefinida que aunara a la vez la flexibilidad y adaptabilidad requeridas por las empresas y la seguridad y estabilidad demandadas por los trabajadores.

En esa línea, debería ser posible examinar si el funcionamiento de diversas instituciones laborales relacionadas con la extinción del contrato es el más eficiente para el presente y el futuro de nuestro mercado de trabajo.

Como principio general es necesario afirmar, de entrada, que el denominado contrato indefinido “ordinario” mantiene un grado de utilización elevado por parte de las empresas, aún cuando existen otras modalidades de contratación indefinida. No entra en las intenciones del Gobierno poner en cuestión la regulación actualmente vigente de esta modalidad contractual.

Tampoco podemos ignorar, no obstante, que, junto a las incertidumbres que caracterizan la situación económica actual, las diferencias en la regulación de los procedimientos y los costes de extinción entre las distintas modalidades de contratación -temporal e indefinida- pueden retraer, particularmente en esta coyuntura, las decisiones empresariales que podrían conducir a la creación de empleo estable, dando lugar a la aparición de situaciones crecientes de paro de larga duración y de “atrapamiento” en la temporalidad.

Sentado lo anterior, es ineludible reflexionar sobre las razones que podrían explicar el escaso uso que se ha venido realizando en los últimos años de una modalidad de contratación indefinida asentada desde hace años en nuestra legislación laboral y que fue fruto de un acuerdo de los interlocutores sociales en 1997 para superar una determinada coyuntura económica: el contrato de fomento de la contratación indefinida. Estos contratos han pasado de representar más de un tercio del total de contratos indefinidos en los años 2006 y 2007 a representar escasamente un 17% del total en el último año. Esta reflexión debería conducir a examinar las posibilidades de ampliar la utilización por las empresas de esta modalidad contractual

A lo largo del tiempo, los países de nuestro entorno han dado respuestas parcialmente coincidentes, y parcialmente distintas, a los problemas vinculados con la extinción de los contratos de trabajo y con la tensión temporalidad/estabilidad de las relaciones de trabajo. Lo han hecho de acuerdo con su tradición y con las circunstancias económicas y buscando el consenso con los interlocutores sociales.

No deberíamos desechar, por ello, el debate sobre las condiciones y los posibles resultados que podrían derivarse de la adaptación a nuestro país de fórmulas que en los últimos años se han adoptado con éxito en algunos países europeos que permitan fomentar la movilidad y la formación, y refuercen el aliciente de las empresas a su utilización y a incrementar la estabilidad en el empleo.

Por otro lado, sin menoscabo del derecho a la tutela judicial efectiva, es obligado abrir una reflexión sobre si no resultaría más eficiente para el funcionamiento de nuestro mercado de trabajo, reforzar y racionalizar, como señala la letra del Estatuto de los Trabajadores, el principio de causalidad del despido mediante una más clara distinción entre despidos disciplinarios y despidos económicos y, particularmente, la diferenciación entre el carácter procedente e improcedente de estos últimos. De hecho, el creciente recurso al despido que se reconoce por las empresas como improcedente ha provocado el efecto de descausalizar y, por ello, facilitar un buen número de despidos y, a cambio, ha hecho un lugar común en el debate público que 45 días por año de servicio sea el coste ordinario de la indemnización por finalización de la relación laboral en nuestro país, cuando la legislación vigente establece que esta cuantía tan sólo es de aplicación a los despidos o extinciones labo rales de carácter injustificado.

Contratación a tiempo parcial
Finalmente, debe considerarse cómo superar otro de los problemas clásicos de nuestro mercado laboral, a saber, la escasa utilización en nuestro país de la contratación a tiempo parcial. Con la dificultad que siempre ha supuesto encontrar equilibrios en esta modalidad de contratación, la extensión del trabajo a tiempo parcial estable pasaría por una reforma de su regulación sustantiva y de su régimen de protección social para que responda mejor a las necesidades de empresas y trabajadores.

Por ello, el Gobierno considera útil y posible una reforma de la regulación sustantiva del contrato a tiempo parcial, que establezca la diferenciación de dos modalidades de este contrato: una primera que facilite la conciliación de la vida laboral y familiar mediante la fijación de un horario de trabajo fijo y estable y una segunda que, de manera más simple que la actual, permita flexibilidad en la organización de la jornada para favorecer la adaptabilidad de las empresas a las variaciones del proceso productivo y reducir la temporalidad.

La reforma debería incluir, en general, una mejora del régimen de protección social del contrato a tiempo parcial, modulando las diferencias actualmente existentes con los contratos a jornada completa, de manera que resulte más atractivo para los trabajadores, y también y en particular una reflexión sobre posibles incentivos a las empresas que suscriban contratos a tiempo parcial en la primera de las dos modalidades descritas anteriormente.


2. Actuaciones para favorecer el empleo de los jóvenes

Aunque los jóvenes han tenido siempre dificultades para acceder al mercado de trabajo en nuestro país, su situación se ha deteriorado particularmente en los dos últimos años como consecuencia de la crisis económica. Los jóvenes entre 16 y 24 años tienen una tasa de desempleo más de 20 puntos superior a la tasa de desempleo general, afectando de forma muy especial a aquéllos con menor nivel de estudios.

El Gobierno considera, pues, ineludible articular un Programa específico de empleo para jóvenes, en concertación con las Comunidades Autónomas y en línea con lo realizado en otros países europeos. Se trataría de mejorar de forma significativa la empleabilidad y la capacidad de integración y promoción profesional de los jóvenes en el mercado de trabajo a través de políticas activas de empleo, fundamentalmente basadas en la formación.

El Programa extraordinario de Empleo para jóvenes debería tener como primer objetivo reducir de forma significativa el desempleo de los mismos, y debería dirigirse, por un lado, a mejorar su formación para las necesidades del sistema productivo y del mercado de trabajo y facilitar la transición de la educación al empleo y, por otro lado, a mejorar su empleabilidad a través de más y mejores políticas activas de empleo.

El Programa estaría preferentemente dirigido a jóvenes entre 16 y 24 años que carezcan de cualquier título educativo o profesional, en la medida en que se trata del colectivo más fuertemente afectado por el desempleo, y se instrumentaría mediante convenios de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, basados en fórmulas de cofinanciación entre ambas Administraciones. Los convenios de colaboración deberían incluir políticas activas de empleo -adaptadas a la situación del empleo y del desempleo de los jóvenes en cada Comunidad Autónoma, así como a los niveles formativos de los jóvenes desempleados- como podrían ser procesos de orientación profesional y atención personalizada y acciones específicas de empleo-formación para jóvenes que no cuenten con formación o titulación previa.

Junto a ello, se favorecerá una mayor utilización de los contratos para la formación por las empresas y los trabajadores, una modalidad contractual que tiene por objeto precisamente la adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo y que puede ser un buen instrumento para la mejora de la empleabilidad de nuestros jóvenes en esta coyuntura. Por un lado, se mejorará la protección social en este tipo de contratos a través de la inclusión en los mismos de la contingencia por desempleo de los trabajadores. Además, se eximirá del coste y de la impartición de la formación teórica en los contratos para la formación a las empresas de hasta 50 trabajadores.


3. Actuaciones para el refuerzo de los Servicios Públicos de Empleo y la mejora general de la intermediación laboral El Sistema Nacional de Empleo está integrado actualmente por el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas y por un elevado número de instituciones y entidades colaboradoras. Junto a los Servicios Públicos de Empleo están operando en el mercado de trabajo un amplio conjunto de actores: agencias privadas de colocación sin ánimo de lucro, empresas de trabajo temporal, empresas de selección, medios de comunicación y portales de empleo. La actividad desarrollada por estos agentes carece, en algunos casos, de un marco regulador.

Resulta necesario dar un nuevo impulso a la modernización de los Servicios Públicos de Empleo, en concertación con las Comunidades Autónomas, lo cual se traduce en el desarrollo de diferentes actuaciones. Preservando la centralidad de los Servicios Públicos de Empleo en el Sistema Nacional de Empleo, debe fomentarse la mejora de la empleabilidad de los trabajadores desempleados mediante la realización por los mismos de itinerarios individuales de inserción laboral. Además, debería avanzarse en la eficacia y la eficiencia de los SPE en la intermediación y en la recolocación de las personas desempleadas, en especial de los grupos más desfavorecidos, poniendo el énfasis para ello, básicamente, en cuestiones como ofrecer una atención personalizada.

La voluntad decidida de potenciación de los Servicios Públicos de Empleo debe acompañarse de una mejora del sistema de intermediación laboral entre ofertas y demandas de trabajo que aumente las oportunidades de empleo de las personas desempleadas. En esa dirección, una cuestión que debe valorarse es el papel a desempeñar por otros actores que podrían intervenir en la intermediación, como las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro y las empresas de recolocación. La propia Organización Internacional del Trabajo ha revisado su concepción de la intermediación laboral, adoptando otra que admite la actuación de dichas agencias de colocación en el mercado de trabajo por considerar que pueden contribuir a mejorar el funcionamiento del mismo.

La posibilidad de dar entrada en la intermediación laboral a las agencias privadas con ánimo de lucro debería condicionarse sobre la base de los siguientes principios: mantener la consideración como servicio público del servicio de intermediación laboral; la necesidad de que las agencias privadas dispongan de una autorización del Servicio Público de Empleo competente por su ámbito territorial; la realización de un Convenio de Colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo y las agencias privadas para que éstas puedan ser consideradas Entidades Colaboradoras de los Servicios Públicos de Empleo; el establecimiento de todas las garantías necesarias para asegurar el respeto a la intimidad y dignidad de los trabajadores en el tratamiento de sus datos por las agencias privadas y la gratuidad de estas actividades para los trabajadores; la exigencia de que al menos un porcentaje de su actividad y de las colocaciones efectivamente realizadas sean para colectivos de trabajadores
con especiales dificultades de acceso al empleo. En todo caso, la autorización y actividad de las empresas de trabajo temporal se seguirá limitando a lo establecido en su regulación específica, es decir, la puesta a disposición de las empresas de trabajadores con carácter temporal.

Asimismo, de conformidad con la Disposición adicional cuarta de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, se regularán legalmente las empresas que intervienen en los procesos de recolocación de los trabajadores que pierdan su empleo como consecuencia de expedientes de regulación de empleo.

Debe recordarse, por otra parte, que la reciente aprobación de la Directiva europea sobre Empresas de Trabajo Temporal obliga a examinar la legislación española sobre las mismas y, en consecuencia, también de conformidad con la Disposición adicional cuarta de la Ley 27/2009, a adoptar las actuaciones necesarias para la transposición de la mencionada Directiva, analizando la regulación contenida en ésta y la legislación laboral española en relación con tres aspectos: si el ámbito, subjetivo y objetivo, de aplicación de la legislación española se corresponde o no con el de la Directiva; si las restricciones o prohibiciones establecidas en la legislación española para la utilización de las ETT se ajustan a lo dispuesto por la Directiva en esta materia; si el principio de igualdad de trato de los trabajadores de las ETT respecto a los trabajadores de la empresa usuaria, referido al salario y a las restantes condiciones de trabajo, responde o no fielmente a la regulación que se r ecoge en dicha Directiva; todo ello reconociendo, a la vez, las posibilidades que, en este campo, se ofrecen a la negociación colectiva.

Finalmente, de conformidad con la Disposición adicional undécima de la Ley 27/2009, se analizarán las repercusiones que tiene en el mercado de trabajo la actuación de las empresas de servicios que se limitan a la contratación de trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas, actividad reservada legalmente y en exclusiva a las empresas de trabajo temporal. En función del indicado análisis, el Gobierno presentará propuestas, normativas o de otra índole, para evitar estas prácticas ilegales y fraudulentas, con el objetivo de velar por el estricto cumplimiento de la normativa laboral, tanto en el ámbito de la cesión de trabajadores como en el de la subcontratación de servicios.

4. Actuaciones para revisar la actual política de bonificaciones a la contratación

Desde hace años vienen funcionando en nuestro país programas de fomento de la contratación indefinida basados en bonificaciones de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, el último de los cuales tiene su origen en el Acuerdo de Mejora del Crecimiento y del Empleo (AMCE) firmado por el Gobierno y los interlocutores sociales en 2006 (y en modificaciones puntuales introducidas desde entonces). Estos programas, aunque han producido puntualmente efectos positivos en la reducción de la temporalidad, se han mostrado por si mismos ineficaces para corregir la dualidad estructural que caracteriza nuestro mercado de trabajo.

De conformidad con la disposición adicional tercera de la Ley 27/2009, el Gobierno ha remitido al Congreso de los Diputados el pasado 28 de enero un informe de evaluación de los resultados del sistema de bonificaciones a la contratación establecido en el AMCE 2006, en el que se pone de manifiesto que el actual sistema de bonificaciones a la contratación indefinida presenta evidentes síntomas de agotamiento que harían aconsejable abrir una reflexión sobre su replanteamiento y reforma, particularmente en una situación de crisis de la economía y del empleo como la que atraviesa en este momento nuestro país.

En opinión del Gobierno, el sistema de bonificaciones, pese a su aspiración inicial de realizar una mejor selección de los colectivos beneficiarios, ha conducido de facto a que la práctica totalidad de los colectivos puedan ser susceptibles de bonificación. Incluso el único colectivo que carece de bonificaciones específicas, los hombres entre 31 y 44 años, también se bonifica actualmente, aunque sea indirectamente, con las nuevas bonificaciones por contratación de parados con responsabilidades familiares y de parados con prestaciones por desempleo. Al ser prácticamente universal, el sistema no favorece adecuadamente la empleabilidad de los colectivos con mayores dificultades de incorporación al empleo, lo que determina que el sistema presente un importante peso muerto o efecto ganga (existieran o no las bonificaciones, la contratación se realizaría igualmente) que afecta negativamente a su eficacia. Es preciso además, tener en cuenta que el actual contexto de restricciones p resupuestarias obliga a un diseño más eficiente del sistema de bonificaciones.

Por ello, el Gobierno manifiesta su disposición a evaluar conjuntamente con los interlocutores sociales el actual sistema de bonificaciones a la contratación, estudiando, a la vista de la evidencia anterior, si resulta necesario y eficiente el mantenimiento de una política de bonificaciones a la contratación y, en su caso, la conveniencia de concentrar las nuevas bonificaciones a la contratación.

5. Negociación colectiva y flexibilidad interna en las empresas La negociación colectiva presenta problemas en España desde hace años, como son, sumariamente, los siguientes: la atomización de la negociación colectiva; la deficiente articulación entre los diferentes niveles de negociación –convenios sectoriales, territoriales y de empresa-; la falta de cobertura por la negociación colectiva de una parte importante de los trabajadores –entre el 15 y el 25%-; los insuficientes contenidos de una mayoría de convenios colectivos, que se mantienen centrados casi exclusivamente en los aspectos de salarios y jornada y se ocupan escasamente de otras materias como la contratación o la flexibilidad interna; la dificultad de extensión de la negociación colectiva a nuevas realidades empresariales y a nuevas formas de organización del trabajo; y la dificultad de adaptar los convenios colectivos a las circunstancias de las empresas y los trabajadores.

Desde 2004, el Gobierno y los interlocutores sociales han reconocido que las cuestiones referidas a la negociación colectiva constituían un ámbito propio de la negociación bilateral entre las organizaciones empresariales y los sindicatos, quienes adquirieron el compromiso de analizar de manera bipartita las fórmulas más adecuadas para el desarrollo de la estructura de la negociación colectiva.

Por otra parte, la crisis económica actual ha puesto claramente de manifiesto que los medios masivamente utilizados por las empresas para obtener flexibilidad y adaptarse a la coyuntura económica son los de flexibilidad externa, particularmente la contratación temporal. Esa opción por la flexibilidad externa frente a otras posibles medidas de flexibilidad interna diferencia a España respecto a las prácticas utilizadas en otros países de la Unión Europea y explica en parte por qué el desempleo crece mucho más y mucho más rápido en nuestro país.

Las medidas de flexibilidad interna negociada entre las empresas y los representantes de los trabajadores para mejorar la adaptabilidad, la movilidad y la productividad deberían ser el terreno a explorar para encontrar los equilibrios indispensables entre la flexibilidad y la adaptabilidad requeridas por las empresas y la seguridad y la estabilidad demandadas por los trabajadores.

Respetando plenamente la autonomía colectiva de los interlocutores sociales y reconociendo una vez más el carácter bilateral de estas cuestiones, el Gobierno expresa su confianza en que sean abordadas en el marco de las negociaciones en curso para la firma de un nuevo Acuerdo de Convenios Colectivos para 2010 y años sucesivos.

Finalmente, teniendo presente que la formación para el empleo debe ser uno de los pilares para alcanzar un crecimiento económico construido sobre bases más sólidas y estables tal y como se señala en la Estrategia de economía sostenible, el Gobierno considera que la negociación colectiva constituye el ámbito idóneo para identificar posibles fórmulas para hacer más efectivo y realizable el derecho del trabajador, reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión de permisos de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.


6. Actuaciones para seguir avanzando en la igualdad y no discriminación en el trabajo entre mujeres y hombres La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres durante la pasada legislatura supuso un hito en la conformación de una marco legal moderno y avanzado que implica la existencia de un mercado de trabajo basado en la igualdad y la no discriminación, directa e indirecta, en materia de acceso al empleo, salario, promoción económica y profesional y formación, acompañado de relevantes facultades de la negociación colectiva en estas materias.

Junto con los nuevos pasos emprendidos durante esta legislatura (distintivo empresarial en materia de igualdad, programas de fomento del empleo), resulta necesario renovar el compromiso con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres de manera que la recuperación de la economía y del empleo se traduzcan también en nuevas mejoras de la situación de las mujeres en el mercado de trabajo.

Así, debería evaluarse la evolución y el estado de la negociación colectiva en materia de igualdad tras la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, con particular atención a la implantación de planes de igualdad en las empresas.

Además, debería avanzarse en un firme compromiso de los interlocutores sociales para la aplicación efectiva del deber de negociar medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral o, en su caso, planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores.

Igualmente, debería valorarse la conveniencia de elaborar programas sectoriales a través de la negociación colectiva para combatir la discriminación salarial entre mujeres y hombres y favorecer de forma efectiva el acceso al empleo, la promoción profesional y el acceso a la formación en condiciones de igualdad.

Por último, el Gobierno se compromete a completar con urgencia, con participación de los interlocutores sociales, el desarrollo reglamentario aún pendiente de la Ley Orgánica 3/2007.


7. Actuaciones para la mejora del control de los procesos de incapacidad temporal En ocasiones, el recurso indebido a procesos de incapacidad temporal, da lugar a la aparición de absentismo laboral no justificado, que reduce la productividad de las empresas y repercute negativamente en la equidad del sistema de Seguridad Social.

Las reformas operadas sobre los procedimientos de gestión de la incapacidad temporal han permitido, en los últimos años, una reducción significativa de los costes indebidos de la prestación, incrementándose por el contrario la protección de los trabajadores afectados por procesos de enfermedad común o incapacidad temporal.

El Gobierno considera necesario seguir avanzando en la dirección seguida en los últimos años. Así, se podrá reducir la prolongación inadecuada de procesos de IT teniendo presente los trabajos realizados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que han “estandarizado” los tiempos de duración de la baja para más de 3000 procesos (la totalidad de los más frecuentes). Igualmente, se deberían extender a todo el territorio nacional los convenios con las Comunidades Autónomas para el control de las patologías en las que se detecta mayor extensión del número o la duración de los procesos.

Por otra parte, deberá desarrollarse el convenio firmado entre el INSS y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por el que se realiza el intercambio de información y documentación por procedimientos telemáticos, y se pacta la documentación necesaria para agilizar el conocimiento por parte de los facultativos de la Seguridad Social de los diagnósticos realizados por los de las Mutuas, a fin de reducir a la mínima expresión el tiempo en el que el INSS confirma o modifique estas decisiones.

También, se extenderá a todas las Comunidades Autónomas que lo soliciten, con el objetivo de que sean todas, los convenios suscritos durante los últimos meses con determinadas Comunidades a fin de controlar los procesos de menos de 30 días de duración, incluidos los más breves.

Asimismo, se analizará la posibilidad de amparar, en el marco de la colaboración de empresas, la formalización de convenios en los que, después de un proceso pactado entre empresarios y trabajadores en el que se aborden procesos de control y de cambio en las condiciones de trabajo y de puestos de trabajo a fin de reducir el absentismo, la Administración revierta un porcentaje del ahorro conseguido en estos planes a la propia empresa.

Finalmente, la modernización de la Administración española de la Seguridad Social debe trasladarse también a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. La participación de los trabajadores en las Mutuas debe dar un salto cualitativo para permitir que sean reconocidas como entidades eficaces prestadores de servicios por parte de los trabajadores de las empresas mutualizadas.


8. Actuaciones para fomentar el uso de la reducción de jornada como instrumento de ajuste temporal de empleo Íntimamente relacionado con el objetivo de aumentar la flexibilidad interna de las empresas para adaptarse a la situación económica, de manera que los ajustes se produzcan sin afectar tan intensamente al volumen de empleo, se encuentra el reciente debate sobre la conveniencia o no de aplicar en España el modelo aplicado en Alemania (Kurzarbeit) de reducción de la jornada de trabajo como instrumento de ajuste temporal de empleo.

La fórmula que se aplica en Alemania para evitar los despidos masivos en una coyuntura de crisis económica como la actual es, sin duda, una propuesta interesante y eficaz, que ha favorecido que, en ese país, una fuerte contracción económica se haya saldado con una muy limitada destrucción de puestos de trabajo. Por ello, resulta conveniente identificar aspectos de ese modelo que pudieran ser utilizados para complementar el marco jurídico que ya existe en nuestro país para afrontar las situaciones de crisis de carácter coyuntural.

De hecho, debe recordarse que el marco jurídico español, que permite que las empresas apliquen a través de un expediente de regulación temporal de empleo medidas de reducción de las horas de trabajo (bien a través de la suspensión del contrato de trabajo, bien a través de la reducción de la jornada), fue reforzado con medidas incluidas en el Real Decreto-ley 2/2009 y posteriormente en la Ley 27/2009. Estas medidas han favorecido que determinados ERES de extinción de contratos de trabajo se recondujeran a expedientes de regulación temporal de empleo permitiendo el mantenimiento de muchos puestos de trabajo.

Se trataría ahora, por tanto, de profundizar en esa orientación, incorporando coyunturalmente al marco vigente en España elementos inspirados en el modelo aplicado en Alemania que pudieran reforzar o completar las medidas que ya se vienen aplicando en estos momentos para favorecer la reducción del tiempo de trabajo como alternativa a la destrucción de empleo. Siempre, claro está, que la situación económica adversa que se trata de superar con la aplicación de estas medidas de reducción de jornada sea de naturaleza coyuntural.

En esa dirección, se debería flexibilizar el umbral de jornada reducida que permite el acceso a la protección por desempleo y fijar igualmente un tope máximo a dicha reducción. Por otra parte, debería agilizarse al máximo el procedimiento administrativo para la autorización de la regulación temporal de empleo (suspensiones de los contratos de trabajo o reducciones de jornada) mediante la introducción de un procedimiento más rápido para ERES suspensivos con acuerdo, manteniendo las adecuadas garantías de control. También sería conveniente precisar en la normativa de aplicación que los expedientes de regulación temporal de empleo pueden ser utilizados por empresas de cualquier tamaño y cualquiera que sea el número de trabajadores afectado por la medida.

Igualmente, debería estudiarse la posibilidad de elevar el porcentaje de la bonificación de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por los trabajadores afectados por las regulaciones temporales de empleo, particularmente cuando la empresa desarrolle acciones formativas de los trabajadores afectados durante la duración de la medida.

Asimismo, debería estudiarse también la forma de mejorar la protección social de los trabajadores en los casos de regulaciones temporales de empleo, mediante la posible elevación del periodo de reposición de las prestaciones por desempleo consumidas ligando las mejoras a la participación activa de los trabajadores afectados en acciones formativas.


III. Consideraciones finales
La propuesta que aprueba el Gobierno contiene un conjunto de actuaciones que afectan a muchos de los ámbitos que componen las relaciones laborales. En cada uno de ellos, se ha constatado un funcionamiento que presenta problemas de diversa índole que deben ser abordados y resueltos.

La propuesta responde, por lo tanto, en primer lugar, a la necesidad de disponer de un mercado de trabajo más moderno, funcional y coherente con el desarrollo de la economía sostenible, que constituye el eje central de la estrategia de política económica del Gobierno.

En segundo lugar, el Gobierno presenta estas propuestas bajo la forma de un conjunto de líneas de actuación que, una vez contrastadas con las aportaciones, propuestas y nuevos enfoques planteados por los interlocutores sociales, permitan negociar y configurar un gran acuerdo entre las organizaciones empresariales, sindicales y Gobierno que garantice su equilibrio y su aplicación más eficaz. No es preciso reiterar, a este respecto, los positivos resultados que han conseguido todas y cada una de las reformas que a lo largo de los años han procedido del acuerdo con o entre los interlocutores sociales; resultados positivos que se extienden también a la creación de un clima de estabilidad y confianza que siempre ha favorecido el crecimiento económico y el empleo.

En todo caso, el Gobierno está firmemente convencido de la necesidad y perentoriedad de las iniciativas que propone, por lo que, sin perjuicio de la imprescindible flexibilidad para atender tratamientos singulares cuando éstos estén objetivamente justificados, va a proponer un calendario intenso de negociación que permita conocer con la máxima celeridad las posibilidades de acuerdo, y disponer de las medidas consiguientes para su inmediata aplicación, mediante su puesta en práctica por los instrumentos que procedan. Para ello va a solicitar a los interlocutores sociales la máxima cooperación, atendiendo a la responsabilidad que la situación exige.

http://www.la-moncloa.es/ActualidadHome/2009-2/050210EnlaceDocumento.htm

jueves, 4 de febrero de 2010

CURSOS CON PLAZAS LIBRES PARA TRABAJADORES OCUPADOS

VISITA LOS CURSOS CON PLAZAS PARA TRABAJADORES OCUPADOS

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¿QUE ES EL IPREM Y COMO SE CALCULA ?

¿Qué es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)?

El IPREM es un indicador que a determinados efectos (becas, ayudas para vivienda...) sustituye al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como índice de referencia para el cálculo de ingresos. La cuantía del IPREM se determina teniendo en cuenta la previsión u objetivo de inflación de los Presupuestos Generales del Estado.
En la práctica, esto permite que aunque se vaya elevando el SMI, no lo hagan en paralelo el resto de referencias, que ahora se calculan a partir del IPREM.
El IPREM se actualiza a principios de cada año:

Para el año 2009:
a) El IPREM diario, 17,57 euros.
b) El IPREM mensual, 527,24 euros.
c) El IPREM anual, 6.326,86 euros = 7.381,34 (1)

Por tanto, anualmente:

2,5 veces el IPREM = 18.453,35 (1)
3,5 veces el IPREM = 25.834,69 (1)
4,5 veces el IPREM = 33.216,03 (1)
5,5 veces el IPREM = 40.597,37 (1)
6,5 veces el IPREM = 47.978,71 (1)

(1) Incluidas las pagas extraordinarias prorrateadas (al IPREM anual se le suman la cuantía de 2 IPREM mensuales).

AYUDAS A LA VIVIENDA

OS ADJUNTAMOS UN BOLETIN MUY INTERESANTE SOBRE AYUDAS PARA LAS VIVIENDAS

Nuevas Ayudas a la Vivienda
Futuras viviendas
Actualidad en Legislación y Sentencias
Tipos de interés para préstamos convenidos
Recursos Web
RENTA BÁSICA DE EMANCIPACIÓN
Características, cuantías y requisitos
Compatibilidades
Procedimiento y plazos para la concesión de la ayuda
Documentación a presentar
Mantenimiento de las ayudas
Incidencias y problemas frecuentes que impiden recibir la RBE
Otras ayudas al alquiler
Preguntas frecuentes
Normativa reguladora
Más información


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miércoles, 20 de enero de 2010

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2010

Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2010

Con carácter general, el SMI queda fijado en:


21’11 euros al día

633,30 euros al mes

8866,20 euros al año

¿POR QUÉ AFILIARSE?

Aposta segur Afilia't

Centenars de milers de treballadors i treballadores ja formen part de la UGT.

Quines avantatges suposa estar afiliat/da a la UGT?

Els avantatges d'estar afiliat/da a un sindicat organitzat i estructurat, com és la UGT, són nombroses:

Gabinets jurídics especialitzats (advocats/des laboralistes, etc.)

INFORMACIÓ I ASSESSORAMENT PERMANENT:
Contractació, salaris, vacances, nòmines, jornades, convenis col·lectius, liquidacions, jubilacions, pensions, seguretat social, acomiadaments, etc.
Expedients de regulació.
Protecció per desocupació.
Prevenció de riscos laborals.
Formació contínua adaptada als llocs de treball.
Formació sindical específica als delegats/des de personal, membres de comités i delegats/des de seguretat i salut.

ALTRES SERVEIS:
Vacances, viatges i hotels.
Campaments infantils d'estiu.
Oci: residències, temps lliure.
Establiments concertats.
Segur d'accident de 3000 euros per a cada afiliat/da (per mort).
Declaració de la renda.

Recorda: La quota sindical es desgrava a la declaració de la renda.

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Per a més informació:
Carrer Arquitecte Mora, 7 - 6é
46010 VALÈNCIA
Tèl.: 96 388 41 40
Fax: 96 388 41 55
Correu electrònic: ugt@pv.ugt.org

martes, 19 de enero de 2010

JUBILACIÓN ANTICIPADA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Se ha publicado en el BOE de 22 de diciembre, el Real Decreto 1851/2009 por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45%. Esta medida ya os la anticipábamos tanto por nota interna como por circular, recordando que no es algo nuevo ya que se contempla en la Ley General de la Seguridad Social a través de la modificación por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, de la edad de jubilación a los 52 años.

La novedad en este Real Decreto es que el adelanto de la jubilación a los 52 años conllevaba coeficientes reductores de la pensión y ahora se considera como cotizado. No obstante para ser beneficiario de esta medida se deben cumplir los siguientes requisitos:

- Tener al menos 58 años de edad.
- Tratarse de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
- Que la discapacidad de la persona sea una de las que la norma lista de una forma taxativa y que suponen una reducción de la esperanza de vida de estas personas. Entre otras figuran: la discapacidad intelectual, parálisis cerebral, anomalías genéticas como síndrome de Down o la acodroplasia, los trastornos del espectro autista, el síndrome postpolio, el daño cerebral adquirido, la enfermedad mental tanto esquizofrenia como el trastorno bipolar, y las enfermedades neurológicas como la esclerosis tanto lateral amiotrófica como múltiple o la lesión medular traumática.
- Acreditar que ya estaban afectados por esa discapacidad durante el desarrollo de su actividad profesional.
- Haber cotizado durante al menos 15 años.
- Que el trabajador, en el momento de jubilarse, esté en alta o asimilada al alta.

Tríptico de las vacaciones con UGT-PV para el 2010

OS ADJUNTAMOS EL TRIPTICO DONDE PODRÉIS VER LOS ACUERDOS DONDE UGT-PV TIENE ACUERDOS Y PODRÉIS DISFRUTAR DE DESCUENTOS.

NO DEJEÍS DE VER EL DOCUMENTO.

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OFERTA FORMACIÓN INTERSECTORIAL DE UGT-PV

ESTA ES LA FORMACION DE UGT-PV

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lunes, 18 de enero de 2010

UGT considera prioritaria la asistencia humanitaria, alimentaria y sanitaria para Haití

El sindicato abre una cuenta bancaria para canalizar las aportaciones solidarias al pueblo haitiano

Con motivo del devastador terremoto que se produjo en Haití y que ha provocado una catástrofe de dimensiones aún difíciles de estimar en cuanto a heridos, desaparecidos y fallecidos, UGT considera una prioridad absoluta la movilización de la asistencia humanitaria, alimentaria y sanitaria, así como la necesidad de reconstruir el país en el ámbito económico, social y democrático.

La Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Confederación Sindical de las Américas (CSA) han realizado un llamamiento a todas las organizaciones afiliadas para impulsar una urgente movilización solidaria que consiga sacar a los haitianos y haitianas de la situación crítica en la que se encuentran.ç

Ante ello, el sindicato, junto con el Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo (ISCOD), ha abierto una cuenta bancaria para canalizar las aportaciones solidarias con el pueblo haitiano de los afiliados y afiliadas, de los trabajadores y trabajadoras españoles y de la sociedad en general.

Los datos de esta cuenta, en la que tendrá que ir como asunto “Solidaridad con Haití”, son:

Banco de Valencia
Titular ISCOD-UGT
Número: -0093 0419 54 0041127850

IPC 2009 - 0,8

YA HA SALIDO EL IPC DE 2009.

PINCHA AQUI Y DESCARGATE EL DOCUMENTO !!!!!

jueves, 7 de enero de 2010

AYUDAS A LA VIVIENDA

Para empezar el año !!!


Adjuntamos un enlace donde podrás ver toda la información necesaria sobre la vivienda para jovenes y sus ayudas

Nuevas Ayudas a la Vivienda
Futuras viviendas
Actualidad en Legislación y Sentencias
Tipos de interés para préstamos convenidos
Recursos Web
DIRECCIONES DE INTERÉS SOBRE VIVIENDA
Recomendaciones Prácticas

Es muy interesante.

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