jueves, 19 de julio de 2012

DISTRIBUCION IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO

LA EMPRESA PUEDE DISTRIBUIR DE MANERA IRREGULAR HASTA EL 10% DE LA JORNADA ANUAL DE TRABAJO:

1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 34. Jornada.
2........ En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el 5 por ciento de la jornada de trabajo.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 34. Jornada.
2........ En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada de trabajo.

ESTA “DISTRIBUCIÓN IRREGULAR LA JORNADA” ES UNA DECISIÓN UNILATERAL DEL EMPRESARIO Y SE PODRÁ APLICAR A ALGUNO, ALGUNOS O A TODOS LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA.

CASI 30 DÍAS AL AÑO, EL EMPRESARIO PODRÁ MODIFICAR UNILATERALMENTE LA JORNADA DE TRABAJO, LOS TURNOS, EL CALENDARIO, ETC...

¡ESTO ES: DISPONIBILIDAD TOTAL, PERO GRATIS!

¿QUÉ PASA CON LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR?
¿QUÉ PASARÁ CON LOS/AS TRABAJADORES/AS QUE TENGAN A SU CUIDADO A
MENORES O ENFERMOS O ANCIANOS?

VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS

VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS


1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 86. Vigencia.

3. .....Transcurridos dos años desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 86. Vigencia.

3......... Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.

Esto es:
DENUNCIADO UN CONVENIO, SI EN 1 AÑO NO SE ALCANZA ACUERDO, EL CONVENIO PIERDE SU VIGENCIA.

Si hay Convenio de ámbito superior: se aplica éste.
Si no hay Convenio de ámbito superior: se aplica exclusivamente el Estatuto de los Trabajadores.

LA LEY NI SIQUIERA GARANTIZA QUE SE SIGA PERCIBIENDO EL SALARIO QUE SE VENÍA PERCIBIENDO HASTA ESE MOMENTO.

Sólo está garantizado por Ley el Salario Mínimo Interprofesional.

A ESTE GOBIERNO, UN PLAZO DE 2 AÑOS PARA NEGOCIAR UN CONVENIO LE PARECÍA MUCHO, ¡Y LO REBAJAN TODAVÍA MÁS: A 1 AÑO!

¡LOS COMITÉS DE EMPRESA SE VERÁN OBLIGADOS A NEGOCIAR “A LA BAJA”, PERDIENDO DERECHOS, CON TAL DE QUE NO PIERDA VIGENCIA TODO EL VIEJO CONVENIO!
 
 

UN TRABAJADOR PUEDE SER DESPEDIDO POR CAER EN SITUACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL

VAMOS POR LA 2ª REFORMA LABORAL


UN TRABAJADOR PUEDE SER DESPEDIDO POR CAER EN SITUACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL:

1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.

El contrato podrá extinguirse:
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.

El contrato podrá extinguirse:

d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.

Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.

Si caes en Situación de Incapacidad Temporal (“baja”) por Enfermedad Común o Accidente No Laboral, podrás ser despedido, si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

1º. Que la ausencia alcance el 20% de las Jornadas Hábiles en 2 meses consecutivos:
2 meses x 20 Jornadas cada mes = 40 Jornadas.
20% de 40 Jornadas = 8 Jornadas.

¡SI FALTAS 8 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 2 MESES CONSECUTIVOS,

TE PUEDEN DESPEDIR!

2º. Que la ausencia alcance el 25% de las Jornadas Hábiles en 4 meses discontinuos, dentro de un período de 12 meses:
4 meses x 20 Jornadas cada mes = 80 Jornadas.
25% de 80 Jornadas = 20 Jornadas.

¡SI FALTAS 20 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 4 MESES DISCONTINUOS, DENTRO DE UN PERÍODO DE 12 MESES, TE PUEDEN DESPEDIR!

¡Y, EN AMBOS CASOS, SERÍA CONSIDERADO “DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS”!


¡EN CUALQUIERA DE LOS CASOS CITADOS, LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SERÍA DE 20 DÍAS DE SALARIO POR AÑO DE SERVICIO, CON UN MÁXIMO DE 12
MENSUALIDADES!

¿Quién determinará que una Enfermedad es “Grave” para que no compute a efectos del despido? ¿El Empresario? ¿El Jefe? ¿El médico de Empresa?......


Para que no te computen la baja a efectos de despido, habrá que justificar ante la Empresa la Enfermedad que el trabajador padece.

¿A dónde va a parar la confidencialidad de los datos clínicos de los trabajadores?


lunes, 16 de julio de 2012

OS CONVOCAMOS para la MANIFESTACIÓN del 19 julio a las 20 horas:
Valencia, Plaza San Agustín
Castellón, Plaza de las Aulas
Alicante, Escalinatas Instituto Jorge Juan

ANTE AGRESIONES COMO LA DE LA SEMANA PASADA HAY QUE MOVILIZARSE YA¡¡¡¡

El nuevo plan de recortes presentado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Congreso de los Diputados, constituye a juicio de UGT una agresión sin precedentes, no ya a los derechos de trabajadores, personas en paro y empleados públicos, sino a los fundamentos que hicieron posible la Constitución, y a la propia democracia, una agresión de consecuencias, laborales, sociales, económicas y políticas que tendrá una respuesta sindical inmediata. Parece evidente que estas son las condiciones del rescate ¿financiero? que impone la UE, un rescate, por cierto, que el presidente no ha explicado. (Un apunte no menor: Mariano Rajoy no perdió la sonrisa cuando concretaba los recortes a parados, empleados públicos o pensionistas, mientras los diputados del PP aplaudían eufóricos desde sus escaños).

El Gobierno vuelve a cargar contra los empleados públicos -a los que criminaliza tras eliminar su paga extra de navidad-; personas en paro a las que recortan prestaciones justo cuando más las necesitan, lo que puede suponer mayores bolsas de pobreza y exclusión social; a los pensionistas para los que guarda inminentes recortes que llevará al Pacto de Toledo; y nuevos ataques a la dependencia. La combinación de estos recortes con la subida del IVA ponen riesgo la evolución del consumo y la propia reactivación de la economía.

Por si fuera poco, el presidente del Gobierno confirma el desmantelamiento de las empresas públicas, una nueva revisión de las tarifas energéticas, y anuncia ajustes inmediatos en el sistema público de pensiones. “Las preguntas son inevitables: ¿para qué elegimos un Gobierno que se saca de la manga un programa oculto y estafa así a la ciudadanía? ¿qué nos va a quedar del Estado social?.

Llueve sobre mojado. Desde el primer día, este Gobierno no ha parado de decretar recortes, de despreciar la negociación, el consenso y el diálogo social. Un diálogo social que ha sido una herramienta muy valiosa para defender el Estado de bienestar y el equilibrio de las relaciones laborales, y que ahora Rajoy vuelve a despreciar. Ha gobernado a golpe de decreto lo que deriva en un creciente deterioro de las instituciones democráticas. Estas medidas vienen a sumarse a una reforma laboral que vulnera el acuerdo de negociación colectiva, recorta derechos y facilita aún más el despido, incrementando las cifras de paro. Dice hacerlo para incentivar la actividad económica, la única capaz de generar empleo; pero esta sigue estancada y la recesión más fuerte que nunca. “Con estas medidas, la economía se agravará y el paro rebasará a finales de 2012, los seis millones”.

Federación de Servicios de la UGT (FeS-UGT)



jueves, 12 de julio de 2012

RESULTADO ELECCIONES SINDICALES CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

EXITO DE PARTICIPACIÓN !!!!!

La candidatura de la Federación de Servicios de la UGT-PV hemos obtenido una gran representación en las elecciones sindicales de la empresa Ciudad de las Artes y las Ciencias S.A. (CACSA) al obtener 5 de los 13 delegados sindicales elegidos en las elecciones del 11 de Julio de 2012 que se han desarrollado con una alta participación.

Tras la UGT, con 92 votos y 5 delegados, se sitúa el sindicato CSICSIF que ha obtenido 82 votos y 5 delegados y CCOO con 45 votos y 3 delegados

Desde la candidatura de UGT queremos agradecer a todos los trabajadores y trabajadoras de CACSA, tanto afiliados como no afiliados, su apoyo en este proceso electoral y decirles que vamos a corresponder a la confianza que han depositado en la UGT con el trabajo constante para mejorar las condiciones laborales de todos los trabajadores y trabajadoras.

TECNICOS:
1. Cristina Marco Vila
2. Manuel Vicente Pedro Bolumar
3. Marilo Sendra Santa Cruz
4. Debora Mir Bermell

ESPECIALISTAS:
1. Emilio García Pastor.

En breve, se harán los trámites necesarios para formalizar el Comité y sus estatutos, así como la asignación de cargos, la renovación de la sección sindical y la asignación de su delegado LOLS  (DELEGADO SINDICAL LOLS (sólo empresas de más de 250 trabajadores)





jueves, 5 de julio de 2012

ASAMBLEA UGT EN CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA INFORMATIVA DE UGT


Ciudad de las artes y las ciencias

Estimados compañeros y compañeras

Queremos seguir informando sobre la próxima convocatoria de ELECCIONES A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES en la empresa, la candidatura de UGT a la mencionada convocatoria, y nuestra postura ante la situación actual y futura de la empresa

Por ello os convocamos a una asamblea informativa el jueves 5 de Julio en la sala de prensa de Museo. Debido al especial horario de los empleados Ciudad de las Artes, se realizará una asamblea de 14:00 a 15:00 horas y otra de 15:00 a 16:00

PARTICIPA, TU VOZ CUENTA

1. Elecciones sindicales•
Que es el proceso de elecciones y porque es importante la representación de los trabajadores
Presentación oficial de la candidatura de UGT
Porque tu voto es importante
Porque UGT es la mejor opción
Explicación voto por correo.
Dudas

2. Porque UGT es la mejor opción (qué hemos conseguido y que queremos conseguir)

3. Ruegos y preguntas

¡Esperamos vuestra asistencia!