lunes, 12 de noviembre de 2012

MOVILIZACIONES 14 N

MOVILIZACIONES HUELGA GENERAL 14 DE NOVIEMBRE
Martes 13 de noviembre 
VALENCIA: 23:00 h (concentración Plza Ayuntamiento) 

Miércoles 14 de noviembre
VALENCIA: 18:30 h (PLAZA DE S.AGUSTÍN)
CASTELLÓN: 18:30 h (PLAZA Mª AGUSTINA)
ALICANTE: 18:30 h (ESTACIÓN RENFE)
ALCOI: 18:30 h (PLAZA AZRAQ)
ELCHE: 12:00 h (PLAZA L’ALGEPS)
ELDA: 12:00 h (ROTONDA ESTACIÓN AUTOBUSES)

INFORMACION HUELGA GENERAL 14 N


INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA GENERAL 
DEL 14 DE NOVIEMBRE
Como sabréis, el próximo jueves día 14 de Noviembre, los sindicatos se ha convocado una Huelga general en TODA EUROPA. Desde la sección sindical de UGT en CAC, queremos informaros de qué supone una huelga general, porqué se convoca, y de como se debe afrontar.

¿En que consiste la huelga general?

-          Los trabajadores no acuden a su puesto de trabajo ese día como señal de protesta ante las acciones de los Gobiernos. Los trabajadores no tienen obligación de avisar al empresario de que no van a ir a trabajar.
-          La retribución que el empresario puede detraer por cada día de huelga comprende el salario de la jornada, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y la parte proporcional de la retribución de los días de descanso semanal correspondiente a la semana en que se produce la huelga.
-          Si la huelga afecta a la totalidad de la jornada, el trabajador permanece en situación de alta especial en la Seguridad Social mientras dure la huelga, lo que supone el mantenimiento del alta formal pero con suspensión de la obligación de cotizar por parte del empresario y del propio trabajador y por ello el estado deja de ingresar el 28-30% aproximadamente, del salario afectado por cada trabajador que la secunde.
-          Va asociada a una huelga de consumo. Es decir, ni se produce, ni se compra, ni se vende. No se beneficia a los empresarios que abren sus comercios amenazando a sus empleados con despedirlos si hacen huelga.
-          Se participa en concentraciones y movilizaciones de protesta que se convocan en todas las ciudades.

¿Cual es el objetivo?

-          Demostrar el malestar ciudadano como consecuencia de las acciones políticas llevadas a cabo por el gobierno.
-          Dejar de ingresar dinero al estado con el fin de que se siente a negociar condiciones beneficiosas para todos y no sólo para unos pocos.
-          Que los empresarios que ejercen políticas de miedo con sus empleados y abren sus comercios no obtengan beneficios.

Los motivos:

-          Mostrar el descontento y la oposición contra el abuso de poder que el gobierno está ejerciendo sobre los españoles:

o        Subida del IVA.
o        Bajada de Salarios.
o        Recortes en prestaciones por desempleo.
o        Recortes en sanidad y educación.
o        Rescate a la banca sin condiciones.
o        Recortes a los empleados públicos:
§         Paga extra Navidad
§         5%
§         congelación salarial
§         Pérdida beneficios sociales
§         Reestructuraciones de plantillas. (Apoyadas en las reformas introducidas por la última reforma laboral)
o        Descenso de contrataciones.
o        Descenso número de ocupados.
o        Aumento de desempleados.
o        Descenso de la contratación indefinida.
o        Bloqueo en la negociación de convenios colectivos.
o        Recortes en servicios a la ciudadanía.
o        Aumento del déficit público.
o        Copago en Justicia
o        Copago en medicinas según renta.
o        Eliminación de gratuidades en medicinas para jubilados.
o        Exclusión de asistencia sanitaria para inmigrantes.
o        Incremento IRPF.
o        Amnistía Fiscal
o        Céntimo sanitario.
o        Modelo de gestión publico-privado de la sanidad valenciana ( antesala de la privatización total)
o        Eliminación de empresas públicas.
o        Previsión de 4.000 despidos en empresas públicas.
o       

-          Defender la negociación colectiva.
-          Defender los servicios públicos y las políticas sociales
-          Defender una política fiscal más justa

Acciones que se están llevando a cabo de forma paralela:

-          Movilizaciones y concentraciones.
-          Recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral.
-          Recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 1/12 del Consell de Medidas urgentes de reducción del déficit en la Comunidad Valenciana.
-          Numerosos recursos contra actos de aplicación de la reforma laboral.
-          Solicitud de convocatoria de REFERENDUM para que los españoles puedan opinar sobre las políticas de recortes que está aplicando el gobierno.

jueves, 19 de julio de 2012

DISTRIBUCION IRREGULAR DE LA JORNADA DE TRABAJO

LA EMPRESA PUEDE DISTRIBUIR DE MANERA IRREGULAR HASTA EL 10% DE LA JORNADA ANUAL DE TRABAJO:

1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 34. Jornada.
2........ En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el 5 por ciento de la jornada de trabajo.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 34. Jornada.
2........ En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el diez por ciento de la jornada de trabajo.

ESTA “DISTRIBUCIÓN IRREGULAR LA JORNADA” ES UNA DECISIÓN UNILATERAL DEL EMPRESARIO Y SE PODRÁ APLICAR A ALGUNO, ALGUNOS O A TODOS LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA.

CASI 30 DÍAS AL AÑO, EL EMPRESARIO PODRÁ MODIFICAR UNILATERALMENTE LA JORNADA DE TRABAJO, LOS TURNOS, EL CALENDARIO, ETC...

¡ESTO ES: DISPONIBILIDAD TOTAL, PERO GRATIS!

¿QUÉ PASA CON LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR?
¿QUÉ PASARÁ CON LOS/AS TRABAJADORES/AS QUE TENGAN A SU CUIDADO A
MENORES O ENFERMOS O ANCIANOS?

VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS

VIGENCIA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS


1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 86. Vigencia.

3. .....Transcurridos dos años desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 86. Vigencia.

3......... Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.

Esto es:
DENUNCIADO UN CONVENIO, SI EN 1 AÑO NO SE ALCANZA ACUERDO, EL CONVENIO PIERDE SU VIGENCIA.

Si hay Convenio de ámbito superior: se aplica éste.
Si no hay Convenio de ámbito superior: se aplica exclusivamente el Estatuto de los Trabajadores.

LA LEY NI SIQUIERA GARANTIZA QUE SE SIGA PERCIBIENDO EL SALARIO QUE SE VENÍA PERCIBIENDO HASTA ESE MOMENTO.

Sólo está garantizado por Ley el Salario Mínimo Interprofesional.

A ESTE GOBIERNO, UN PLAZO DE 2 AÑOS PARA NEGOCIAR UN CONVENIO LE PARECÍA MUCHO, ¡Y LO REBAJAN TODAVÍA MÁS: A 1 AÑO!

¡LOS COMITÉS DE EMPRESA SE VERÁN OBLIGADOS A NEGOCIAR “A LA BAJA”, PERDIENDO DERECHOS, CON TAL DE QUE NO PIERDA VIGENCIA TODO EL VIEJO CONVENIO!
 
 

UN TRABAJADOR PUEDE SER DESPEDIDO POR CAER EN SITUACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL

VAMOS POR LA 2ª REFORMA LABORAL


UN TRABAJADOR PUEDE SER DESPEDIDO POR CAER EN SITUACIÓN DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL:

1ª Reforma (11/02/2012)
Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.

El contrato podrá extinguirse:
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.


2ª Reforma (07/07/2012)

Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.

El contrato podrá extinguirse:

d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.

Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.

Si caes en Situación de Incapacidad Temporal (“baja”) por Enfermedad Común o Accidente No Laboral, podrás ser despedido, si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

1º. Que la ausencia alcance el 20% de las Jornadas Hábiles en 2 meses consecutivos:
2 meses x 20 Jornadas cada mes = 40 Jornadas.
20% de 40 Jornadas = 8 Jornadas.

¡SI FALTAS 8 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 2 MESES CONSECUTIVOS,

TE PUEDEN DESPEDIR!

2º. Que la ausencia alcance el 25% de las Jornadas Hábiles en 4 meses discontinuos, dentro de un período de 12 meses:
4 meses x 20 Jornadas cada mes = 80 Jornadas.
25% de 80 Jornadas = 20 Jornadas.

¡SI FALTAS 20 JORNADAS, EN UN PLAZO DE 4 MESES DISCONTINUOS, DENTRO DE UN PERÍODO DE 12 MESES, TE PUEDEN DESPEDIR!

¡Y, EN AMBOS CASOS, SERÍA CONSIDERADO “DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS”!


¡EN CUALQUIERA DE LOS CASOS CITADOS, LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SERÍA DE 20 DÍAS DE SALARIO POR AÑO DE SERVICIO, CON UN MÁXIMO DE 12
MENSUALIDADES!

¿Quién determinará que una Enfermedad es “Grave” para que no compute a efectos del despido? ¿El Empresario? ¿El Jefe? ¿El médico de Empresa?......


Para que no te computen la baja a efectos de despido, habrá que justificar ante la Empresa la Enfermedad que el trabajador padece.

¿A dónde va a parar la confidencialidad de los datos clínicos de los trabajadores?


lunes, 16 de julio de 2012

OS CONVOCAMOS para la MANIFESTACIÓN del 19 julio a las 20 horas:
Valencia, Plaza San Agustín
Castellón, Plaza de las Aulas
Alicante, Escalinatas Instituto Jorge Juan

ANTE AGRESIONES COMO LA DE LA SEMANA PASADA HAY QUE MOVILIZARSE YA¡¡¡¡

El nuevo plan de recortes presentado por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Congreso de los Diputados, constituye a juicio de UGT una agresión sin precedentes, no ya a los derechos de trabajadores, personas en paro y empleados públicos, sino a los fundamentos que hicieron posible la Constitución, y a la propia democracia, una agresión de consecuencias, laborales, sociales, económicas y políticas que tendrá una respuesta sindical inmediata. Parece evidente que estas son las condiciones del rescate ¿financiero? que impone la UE, un rescate, por cierto, que el presidente no ha explicado. (Un apunte no menor: Mariano Rajoy no perdió la sonrisa cuando concretaba los recortes a parados, empleados públicos o pensionistas, mientras los diputados del PP aplaudían eufóricos desde sus escaños).

El Gobierno vuelve a cargar contra los empleados públicos -a los que criminaliza tras eliminar su paga extra de navidad-; personas en paro a las que recortan prestaciones justo cuando más las necesitan, lo que puede suponer mayores bolsas de pobreza y exclusión social; a los pensionistas para los que guarda inminentes recortes que llevará al Pacto de Toledo; y nuevos ataques a la dependencia. La combinación de estos recortes con la subida del IVA ponen riesgo la evolución del consumo y la propia reactivación de la economía.

Por si fuera poco, el presidente del Gobierno confirma el desmantelamiento de las empresas públicas, una nueva revisión de las tarifas energéticas, y anuncia ajustes inmediatos en el sistema público de pensiones. “Las preguntas son inevitables: ¿para qué elegimos un Gobierno que se saca de la manga un programa oculto y estafa así a la ciudadanía? ¿qué nos va a quedar del Estado social?.

Llueve sobre mojado. Desde el primer día, este Gobierno no ha parado de decretar recortes, de despreciar la negociación, el consenso y el diálogo social. Un diálogo social que ha sido una herramienta muy valiosa para defender el Estado de bienestar y el equilibrio de las relaciones laborales, y que ahora Rajoy vuelve a despreciar. Ha gobernado a golpe de decreto lo que deriva en un creciente deterioro de las instituciones democráticas. Estas medidas vienen a sumarse a una reforma laboral que vulnera el acuerdo de negociación colectiva, recorta derechos y facilita aún más el despido, incrementando las cifras de paro. Dice hacerlo para incentivar la actividad económica, la única capaz de generar empleo; pero esta sigue estancada y la recesión más fuerte que nunca. “Con estas medidas, la economía se agravará y el paro rebasará a finales de 2012, los seis millones”.

Federación de Servicios de la UGT (FeS-UGT)



jueves, 12 de julio de 2012

RESULTADO ELECCIONES SINDICALES CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

EXITO DE PARTICIPACIÓN !!!!!

La candidatura de la Federación de Servicios de la UGT-PV hemos obtenido una gran representación en las elecciones sindicales de la empresa Ciudad de las Artes y las Ciencias S.A. (CACSA) al obtener 5 de los 13 delegados sindicales elegidos en las elecciones del 11 de Julio de 2012 que se han desarrollado con una alta participación.

Tras la UGT, con 92 votos y 5 delegados, se sitúa el sindicato CSICSIF que ha obtenido 82 votos y 5 delegados y CCOO con 45 votos y 3 delegados

Desde la candidatura de UGT queremos agradecer a todos los trabajadores y trabajadoras de CACSA, tanto afiliados como no afiliados, su apoyo en este proceso electoral y decirles que vamos a corresponder a la confianza que han depositado en la UGT con el trabajo constante para mejorar las condiciones laborales de todos los trabajadores y trabajadoras.

TECNICOS:
1. Cristina Marco Vila
2. Manuel Vicente Pedro Bolumar
3. Marilo Sendra Santa Cruz
4. Debora Mir Bermell

ESPECIALISTAS:
1. Emilio García Pastor.

En breve, se harán los trámites necesarios para formalizar el Comité y sus estatutos, así como la asignación de cargos, la renovación de la sección sindical y la asignación de su delegado LOLS  (DELEGADO SINDICAL LOLS (sólo empresas de más de 250 trabajadores)





jueves, 5 de julio de 2012

ASAMBLEA UGT EN CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA INFORMATIVA DE UGT


Ciudad de las artes y las ciencias

Estimados compañeros y compañeras

Queremos seguir informando sobre la próxima convocatoria de ELECCIONES A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES en la empresa, la candidatura de UGT a la mencionada convocatoria, y nuestra postura ante la situación actual y futura de la empresa

Por ello os convocamos a una asamblea informativa el jueves 5 de Julio en la sala de prensa de Museo. Debido al especial horario de los empleados Ciudad de las Artes, se realizará una asamblea de 14:00 a 15:00 horas y otra de 15:00 a 16:00

PARTICIPA, TU VOZ CUENTA

1. Elecciones sindicales•
Que es el proceso de elecciones y porque es importante la representación de los trabajadores
Presentación oficial de la candidatura de UGT
Porque tu voto es importante
Porque UGT es la mejor opción
Explicación voto por correo.
Dudas

2. Porque UGT es la mejor opción (qué hemos conseguido y que queremos conseguir)

3. Ruegos y preguntas

¡Esperamos vuestra asistencia!

martes, 19 de junio de 2012

VOTO POR CORREO

Derecho al voto
El elector incluido en la lista tiene derecho a votar con la sola acreditación de su identidad.(RD. 1844/1994 art.5.6)

Voto por correo

Es preciso dar al voto por correo la importancia que tiene. Hay que tener en cuenta que el voto por correo puede tener una inbuencia decisoria en los resultados.

Si algún elector prevé que el día de la votación se va a encontrar ausente del lugar de la votación, debe comunicarlo a la mesa para poder emitir su voto por correo. Tal comunicación habrá de efectuarse, a partir del día siguiente al de la convocatoria electoral hasta cinco días antes del previsto para las votaciones, debiendo realizarse a través de las Oacinas de Correos.

Podrá realizarse también esta comunicación por persona debidamente autorizada y acreditada. La mesa accede a ello comprobando la condición del elector y le envía el sobre y las papeletas electorales.

El votante introducirá la papeleta que elija en el sobre que le fue remitido y lo cerrará, y este, a su vez, juntamente con la fotocopia de su DNI, lo remitirá, en un sobre de mayores dimensiones, por correo certiacado, a su mesa electoral. Si la correspondencia electoral fuese recibida con posterioridad a la terminación de la votación, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia del hecho.

La mesa suele establecer previamente los criterios para la aceptación de voto por correo.

Para evitar impugnaciones, es conveniente participar en su establecimiento y aportar pautas establecidas de funcionamiento para este tipo de voto.
No obstante, si el elector hubiese optado por el voto por correo y se encontrase presente el día de la votación, puede manifestarlo a la mesa, la cual después de emitir su voto, procederá a entregarle el sobre que le hubiese mandado por correo si se hubiese recibido y, en caso contrario, cuando lo reciba lo incinerará. (RD. 1844 10)

Los votos por correo serán custodiados por la mesa electoral y se abrirán una vez analizada la votación.

jueves, 14 de junio de 2012

JORNADAS DE LUCHA COMUNICADO CONJUNTO UGT Y CCOO El próximo día 14 de junio se ha convocado en todo el Estado una jornada reivindicativa en defensa de las Administraciones Públicas Autonómicas. De la mano del desarrollo constitucional y del crecimiento económico y social de las últimas décadas, las administraciones y el sector autonómico se han configurado como un instrumento fundamental del Estado para la planificación y gestión de servicios públicos esenciales para la comunidad, impulsoras del crecimiento económico, la solidaridad interterritorial, la mejora de la calidad de vida y la cohesión social entre los pueblos que la habitan. Con el trabajo cotidiano en el sector público autonómico, impulsamos la investigación y el desarrollo en áreas como la biomedicina, la agricultura, las energías renovables o las telecomunicaciones o la cultura, contribuimos a la ordenación del territorio, intervenimos en la planificación y gestión del transporte urbano e interurbano, del desarrollo e impulso económico, industrial, comercial y turístico. El Gobierno central y los gobiernos autonómicos, al dictado de la UE, imponen ajustes y restricciones injustificados, injustos e innecesarios en el acceso a los servicios públicos, su garantía y calidad. En tiempos de crisis, en que los servicios y actividades en que trabajamos son condición de futuro y solidaridad, último recurso frente a la exclusión social y laboral para grupos de personas cada vez más amplios. Los responsables de la situación, en cambio, reducen drásticamente la inversión y el gasto público, mientras el sistema financiero encuentra “barra libre especulativa” de crédito, con cargo a nuestros impuestos. Con la finalidad de trasladar al sector privado como negocio, lo que como sector público, es tu derecho. QUIEREN ACABAR CON TODO. Como parte de la ciudadanía y como personas que trabajamos para la ciudadanía en la Generalitat, rechazamos estas políticas. Participa en esta convocatoria, ¡POR TU DERECHO! JUEVES 14 de junio de las 10,30 a las 11.00 concentraciones en las puertas de los centros de trabajo. En València, además, el acto central será la concentración de personal empleado público delegadas y delegados sindicales ante la Dirección Territorial de Bienestar Social en la Avenida Barón de Càrcer. Te esperamos también, a las 18.00 horas en las sedes de los Servicios Territoriales de Educación, Formación y Empleo de Castelló y Alicante, y en València en la Conselleria d’Educació, Formació i Ocupació en la Avenida de Campanar.

lunes, 28 de mayo de 2012

No a los recortes en los Servicios Públicos. Depuración de responsabilidades en el Consell”.

Estimadas Compañeras y compañeros:



Nuestras federaciones de Servicios Públicos y Enseñanza junto con las federaciones afectadas de otros sindicatos y las territoriales de UGT-PV, CCOO-PV han convocado manifestación el próximo día 31 de Mayo a las 19.30 en Castellón, Valencia y Alicante bajo el lema “No a los recortes en los Servicios Públicos. Depuración de responsabilidades en el Consell”.

Es necesario que todas las trabajadoras y trabajadores manifestemos nuestra oposición a los recortes que la Generalitat está llevando a cabo en los servicios públicos. Por todo ello os esperamos el día 31 de mayo a las 19.30 horas en:

Alicante: Estación Renfe
Castellón: Carrer Sanahuja
Valencia: Plaza San Agustín

miércoles, 16 de mayo de 2012

CELEBRADA ASAMBLEAS INFORMATIVAS EN CAC



Hoy 16 de Mayo de 2012, se han celebrado dos asambleas informativas para el personal de CAC en la que se ha informado a los asistentes del inicio de los plazos para la celebración de las próximas elecciones sindicales en CAC..SA

En la asamble de la mañana han participado las asesoras Cristina y Pilar, las que han explicado con todo detalle el motivo del porque son imporantes la participación y las elecciones sindicales en la empresa.

Estamos en unos momentos con una situación económica compleja en la que todos los trabajadores/as debemos estar representados y con la mayor fuerza y unión posible en los Comités de empresas.

                                                              PARTICIPA !!!

                                     ELECCIONES SINDICALES EN CAC.S.A.


                                                        CUENTA CON UGT

                     NO A LA REFORMA LABORAL INUTIL, INEFICAZ E INJUSTA



lunes, 14 de mayo de 2012

ELECCIONES SINDICALES

"La UGT del País Valencià continúa cada día trabajando por la promoción y consolidación de tus derechos que, ahora más que nunca, vemos peligrar. Desde nuestra posición firme y responsable caminamos junto a ti con un objetivo claro: la mejora de tus condiciones como trabajador y trabajadora y la defensa de unos derechos sociales dignos.
La crisis económica, consecuencia de la vorágine especulativa de algunos empresarios, no puede ser la excusa de la rebaja de tus condiciones laborales y sociales. Nos quieren callar las voces, a los trabajadores y a las trabajadoras, intentar imponer reformas laborales, que bajen las indemnizaciones por despido, elevar la edad de jubilación o buscar los pactos individuales por encima de la negociación colectiva.

En estos momentos, más que nunca, debemos permanecer unidos y unidas, para defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Necesitamos tener presencia sindical en todas y cada una de las empresas, todos y todas tenemos derecho a elegir representación legal de los trabajadores, por ello, y ahora más que nunca, la UGT-PV quiere animarte a que participes con nosotros en las elecciones sindicales de tu empresa."


http://www.ugt-pv.es/elecciones/index1.html




viernes, 11 de mayo de 2012

CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA INFORMATIVA DE LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT EN LA CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS S.A

Estimados compañeros y compañeras:

Desde la Sección Sindical de UGT en la Ciudad de las Artes y las Ciencias (en lo sucesivo C.A.C.S.A.) queremos informaros sobre la próxima convocatoria de ELECCIONES A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES en la empresa, la candidatura de UGT a la mencionada convocatoria, y nuestra postura ante la situación actual de la empresa.

Intentaremos solventar cualquier duda que tengáis al respecto.

Por ello os convocamos a una asamblea informativa el miércoles 16 de Mayo en la sala polivalente del Museo. Debido al especial horario de los empleados de CACSA, y para no entorpecer el normal funcionamiento de la actividad, se realizaran dos asambleas (o dos sesiones de la misma) el mismo día, en horario de mañana a las 14:30 horas y de tarde a las 19:00 horas.

Esperamos vuestra asistencia.

Sección Sindical de UGT en C.A.C.S.A.

jueves, 10 de mayo de 2012

CANCELACION REUNIÓN CON LOS REPRESENTANTES DE LA EMPRESA DE CAC.SA

El pasado 03 de mayo de 2012 se entregó a los/as compañeros/as de CAC un comunicado informándo de la reciente cancelación de la reunión que se tenía fijada con la empresa para ese día.

Os ponemos en antecedentes:

El pasado día 04/04/12 ya se canceló una reunión con el siguiente orden del día:


· Alcance, desde el punto de vista de la aplicación en C.A.C.S.A del DECRETO-LEY 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana, de 10-01-2012.
· ¿Que medidas se han tomado y cuáles se piensan tomar? Tanto individuales como colectivas. Es decir, ¿cómo afecta a C.A.C.S.A.?
· Propuestas alternativas a la retirada de los beneficios sociales.

Desarrollándolo posteriormente para la reunión fijada del 03/05/12.

· ¿Es de aplicación el DECRETO-LEY 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana, de
10-01-2012? ¿En caso afirmativo, cual es el motivo de que el decreto se aplique en CAC?
· ¿Que medidas contempladas en el decreto se están aplicando actualmente?
· ¿Que medidas contempladas en el decreto se tiene previsto aplicar en un futuro?
· ¿Las medidas aplicadas o que se apliquen en un futuro son de carácter temporal? ¿La vigencia de las mismas está condicionada a la vigencia del Decreto (años 2012 y 2013)?
· ¿Se está aplicando, o se va a aplicar el artículo 6 de dicho decreto?
· En relación al Artículo 9. Acción social:
a. ¿Qué se entiende por beneficios sociales?
b. ¿Qué beneficios sociales se han suspendido, o se prevé que se suspendan en un futuro?
c. ¿Qué beneficios sociales se contempla mantener?
d. Predisposición de la empresa a abrir líneas de negocio que puedan suplir de algún modo los beneficios sociales suspendidos.
· ¿Cómo se están aplicando las bajas por incapacidad temporal actualmente?
· ¿Se sigue aplicando el Plan de igualdad de forma íntegra?
· ¿Se está inaplicando alguna cláusula contractual o condiciones reguladas en los convenios colectivos?
· ¿Hay alguna previsión de ajuste del personal en CAC?

La Empresa el 02/05/12 por la tarde nos confirmó la solicitud de cancelar dicha reunión y aunque a la mañana siguiente seguimos insistiendo de la importáncia de mantener de dicha reunión, la Dirección no veia conveniente sentarse con nosotros.

Esta actitud tomada por parte de la Dirección de la empresa, rompe con toda la vía de dialogo que siempre habíamos tenido, por lo que se ha redactado una escrito que se ha enviado a la Dirección en el que que solicita con la mayor celeridad, convoque una reunión entre la misma y los representantes de los trabajadores de la empresa, para dar respuesta a las cuestiones planteadas por éstos y para informar debidamente de aquello que sea necesario, permitiendo así la acción sindical a la que tenemos derecho.


En caso contrario, el Comité de Empresa se vería obligado a ejercer las acciones legales oportunas, poniendo en conocimiento de la autoridad laboral la actuación contraria a la ley de la dirección.



jueves, 26 de abril de 2012

29 Y 1 DE MAYO: MANIFESTACIONES PARA QUE NO ACABEN CON TODO

¡ACUDE A LAS MANIFESTACIONES DEL 29 DE ABRIL!

¡PARA QUE NO ACABEN CON TODO! POR QUE CON LA EDUCACIÓN, LA SANIDAD Y LOS SERVICIOS SOCIALES NO SE JUEGA
ALICANTE Estación Renfe 11.30 h.
VALENCIA Plaza San Agustín 11.30h.
CASTELLÓN Plaza María Agustina 12.30h.


 ¡ACUDE A LAS MANIFESTACIONES DEL PRIMERO DE MAYO!

POR EL TRABAJO, LA DIGNIDAD, Y LOS DERECHOS ¡NO A LA REFORMA LABORAL! ¡MÁS EMPLEO, MENOS PRECARIEDAD! ¡SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD! ¡POR LA IGUALDAD Y LOS DERECHOS SOCIALES! ¡MÁS INVERSIÓN Y MENOS RECORTES! LAS POLÍTICAS SOCIALES Y LA IGUALDAD SON PRINCIPIOS Y DERECHOS IRRENUNCIABLES

VALENCIA Plaza de San Agustín 11.30 h
ALICANTE Escalinatas del Instituto Jorge Juan 11.30 h.
CASTELLÓN Calle San Luis 11.30 h.
ALCOI Paseo de la Alameda 11.00 h.
ELCHE Plaza Barcelona 11.00 h.

http://www.ugt-pv.es

Un juez de Madrid plantea cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral

LA LEY 3697/2012 El juez José Ángel Folguera Crespo, adscrito al Juzgado de lo Social número 30 de Madrid, ha elevado cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral aprobada por el Gobierno del PP a raíz del caso de tres trabajadores que fueron despedidos de su empresa por causas disciplinarias y que recurrieron a los tribunales por entender que sus despidos eran improcedentes. En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, Folguera duda de que esté justificado el vehículo elegido para aprobar la reforma, un Decreto Ley, para el que se exigen razones de extraordinaria y urgente necesidad ( artículo 86.1 de la Constitución). El juez también argumenta su cuestión de inconstitucionalidad en la posible vulneración de la tutela judicial del trabajador frente al despido (artículo 24 de la Carta Magna), del derecho a la igualdad (artículo 14) y del derecho constitucional a la asistencia y prestaciones sociales, especialmente en desempleo (artículo 41). Las dudas del juez sobre la constitucionalidad de esta norma surgen, sobre todo, a raíz de la nueva regulación que da la reforma a los salarios de tramitación (aquellos dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia judicial), que sólo son abonables en los casos en los que, tras declararse improcedente el despido, el empresario opta por readmitir al trabajador. Si, por el contrario, opta por indemnizarle en lugar de readmitirle, el trabajador no tiene derecho a percibir los salarios de tramitación, pero, si ha acumulado derechos suficientes, podrá acceder a las prestaciones por desempleo, "sin responsabilidad empresarial alguna" sobre el periodo transcurrido desde el despido hasta la emisión del fallo judicial. "Es la transferencia al empresario de la opción de abonar o no salarios de tramitación y los términos de tal atribución lo que constituye el objeto de la presente cuestión de inconstitucionalidad", expone el juez. Antes de la reforma laboral, cuando un despido era declarado improcedente, el empresario podía elegir entre readmitir al trabajador o indemnizarle y en ambos casos se tenía derecho a cobrar los llamados salarios de tramitación. Con la reforma, el abono de los salarios de tramitación sólo es posible en las dos opciones anteriores si el despedido es un representante de los trabajadores. LOS EMPRESARIOS SE AHORRAN DINERO A COSTA DEL INEM. El juez alega también que aunque el trabajador despedido tuviera derecho a cobrar el desempleo (caso de dos de los tres demandantes antes mencionados), la protección que recibe el trabajador en sustitución de los salarios perdidos "no sólo no es homogénea", sino que además es "manifiestamente inferior", pues la cuantía de las prestaciones por desempleo se determina en función de porcentajes sobre la base reguladora previa, sin compensar "en su integridad" el salario dejado de percibir. Folguera entiende además que se "minora irremisiblemente" la duración de las prestaciones por desempleo a percibir por el trabajador, pues ésta depende de los periodos cotizados previamente. Así, durante el tiempo que dure el proceso judicial se va consumiendo la prestación, sin que ésta pueda recuperarse con los salarios de tramitación. De este modo, el juez denuncia que son los trabajadores los que asumen el periodo de espera del proceso judicial con cargo a sus prestaciones por desempleo, mientras que el empresario queda eximido de costes. Asimismo, entiende que con ello se remite también definitivamente al trabajador al desempleo, "cuyo importe se ahorra lista y llanamente el empresario", "que no tiene que devolver" al Servicio Público de Empleo (antiguo Inem), encargado de gestionar las prestaciones, el importe de lo que ha sido abonado a los trabajadores. "Ello constituye no sólo un evidente estímulo contrario a la recuperación del empleo y favorable a la generación de desempleo, sino que se ven minorados esencialmente los derechos constitucionales de los trabajadores a la protección frente al desempleo", expone Folguera que, de este modo, justifica su visión de que la reforma podría vulnerar el derecho constitucional a la asistencia y prestaciones sociales. El juez defiende que ante el proceso de precarización "de muy diversas condiciones laborales y de favorecimiento de la flexibilidad y de las facultades empresariales" resulta "más importante la protección ante el despido". "Sin salarios de tramitación, por lógica, la indemnización real se reducirá desde los 33 días nominalmente previstos a una cifra que estará, por esa misma lógica, entre los 20 y los 25, pero mucho más cerca de los 20 días por año, porque si el trabajador no acepta, el empresario sólo tiene que esperar a que tres o cuatro meses, si es que el juzgado no tiene retrasos, su propuesta y aun otra inferior sea finalmente bienvenida", indica Folguera. En cuanto a la posible vulneración del derecho a la igualdad en la reforma laboral, el juez entiende que no existe el mismo trato entre los trabajadores con derecho a paro y los que carecen de él en el caso de que el despido sea declarado improcedente y el empresario opte por la indemnización. Fuente: Europa Press

jueves, 19 de abril de 2012

El presidente de lo Social del TS cree que la reforma laboral es "tremenda" y algunos aspectos rayan lo inconstitucional

LA LEY 3493/2012


El presidente de lo Social del Tribunal Supremo, Gonzalo de Moliner, califica de "tremenda" y "muy grave" la reforma laboral planteada por el Gobierno y señala que alguno de sus aspectos, como los relativos a la libertad sindical, "rayan la inconstitucionalidad". Augura que es probable que para su aplicación tengan que presentar cuestiones de inconstitucionalidad ante el tribunal de garantías.

Así lo ha señalado Moliner en una entrevista concedida a la revista Iuris, recogida por Europa Press, en la que el presidente de la Sala Cuarta del alto tribunal explica que la reforma presentada es "tremenda" porque afecta a las bases sobre las que se ha construido el Derecho del trabajo durante mucho tiempo".

"Otra cosa es que desde el punto de vista económico o político se considere que hacía falta una reforma de esta naturaleza, en eso no voy a entrar", indica Moliner, para subrayar que, en todo caso, no debe existir ninguna duda de que la Sala de lo Social aplicará la norma que emane finalmente del legislativo.

Sobre los aspectos rayanos en inconstitucionalidad, el presidente de lo Social señala que el desarrollo legislativo de la propuesta del Gobierno de Rajoy debería cuidar aspectos como los relativos a la realidad sindical que según están planteados "podrían generar problemas".

"En algunos puntos entiendo que la libertad de los sindicatos puede verse afectada, porque la negociación colectiva acaba por diluirse en manos del empresario", explica Moliner, para subrayar seguidamente que las centrales tienen unos derechos muy claramente reconocidos en la Constitución.

Sobre otros afectos de la reforma, como las causas de despido, reconoce que no ve tan claro que puedan tildarse de inconstitucionales y que, en todo caso, se trata de temas de legislación que corresponden a otro poder del estado.

SIN MEDIACIÓN ADMINISTRATIVA, MÁS LITIGIOS

Moliner también ve problemas de "indeterminación" en los términos que la reforma emplea para legislar sobre despidos colectivos, y en este caso recuerda que hasta ahora este tipo de actuaciones "tenían una especie de freno o límite que venía determinado por la autoridad laboral". Al suprimirse dicha intervención administrativa, cree que habrá mayor número de desacuerdos "que no tienen más solución que lo judicial".

Según Moliner, la reforma señala que los despidos colectivos podrán ser recurridos mediante un procedimiento especial que se ha radicado en las Salas de lo Contencios-Administrativo, con recurso de casación ante el Supremo. "Por ello los despidos colectivos tendrán acceso mucho más pronto al Supremo, que los va a tener que resolver con un esfuerzo que no sé si podrá realizar dado el volumen de asuntos que consideramos que se va ha producir", señala el magistrado.

El año pasado hubo en España más de 19.000 expedientes de regulación de empleo (ERE) de los que más de 5.000 terminaron sin acuerdo entre la empresa y los trabajadores. "Si eso se produjera este año, y probablemente se produzcan éstos o más, podría llegar al Tribunal Supremo y eso no se puede absorber", calcula el presidente de lo Social.

Actualmente, la Sala de lo Social resuelve los asuntos que le llegan en menos de un año, una situación que puede cambiar sustancialmente por el nuevo procedimiento incluido en la reforma. "Si la Sala no está al día no da seguridad jurídica, porque un pleito pendiente es siempre una calamidad", según considera Moliner.

Finalmente, Moliner considera que la reforma parece encaminada a "facilitar las modificaciones y restricciones de contrato, "pero utiliza conceptos jurídicos indeterminados que deben ser interpretados por el Tribunal Supremo".

Además, augura que "es probable" que el alto tribunal tenga que plantear alguna cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional".

Fuente: Europa Press

viernes, 23 de marzo de 2012

INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA GENERAL


Sección Sindical de UGT en C.A.C.S.A.

INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA GENERAL

Como sabréis, el próximo jueves día 29 de marzo, los sindicatos UGT y CCOO, han convocado una Huelga general que tiene como lema QUIEREN ACABAR CON LOS DERECHOS LABORALES Y SOCIALES, CON TODO.
Desde la sección sindical de UGT en CAC, queremos informaros de qué supone una huelga general, porqué se convoca, y de como se debe afrontar.

¿En que consiste la huelga general?

-Los trabajadores no acuden a su puesto de trabajo ese día como señal de protesta ante las acciones de los Gobiernos. Los trabajadores no tienen obligación de avisar al empresario de que no van a ir a trabajar.
-La retribución que el empresario puede detraer por cada día de huelga comprende el salario de la jornada, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y la parte proporcional de la retribución de los días de descanso semanal correspondiente a la semana en que se produce la huelga.
-Si la huelga afecta a la totalidad de la jornada, el trabajador permanece en situación de alta especial en la Seguridad Social mientras dure la huelga, lo que supone el mantenimiento del alta formal pero con suspensión de la obligación de cotizar por parte del empresario y del propio trabajador y por ello el estado deja de ingresar el 28-30% aproximadamente, del salario afectado por cada trabajador que la secunde.
-Va asociada a una huelga de consumo. Es decir, ni se produce, ni se compra, ni se vende. No se beneficia a los empresarios que abren sus comercios amenazando a sus empleados con despedirlos si hacen huelga.
-Se participa en concentraciones y movilizaciones de protesta que se convocan en todas las ciudades.

¿Cual es el objetivo?


-Demostrar el malestar ciudadano como consecuencia de las acciones políticas llevadas a cabo por el gobierno.
-Dejar de ingresar dinero al estado con el fin de que se siente a negociar condiciones beneficiosas para todos y no sólo para unos pocos (estado democrático).
-Que los empresarios que ejercen políticas de miedo con sus empleados y abren sus comercios no obtengan beneficios.

Los motivos:

-La retirada de la reforma laboral
-Defender la negociación colectiva como marco de protección de las condiciones de trabajo
-Defender los servicios públicos y las políticas sociales
-Una nueva política fiscal más justa

Si tenéis dudas podéis poneros en contacto con nosotros escribiendo a ugtcac@hotmail.com, en la extensión 74668, o visitando nuestro blog: www.ugtcac.blogspot.com

jueves, 22 de marzo de 2012

primer plazo de presentación de enmiendas a la reforma laboral

El Congreso fija el 26 de marzo como primer plazo de presentación de enmiendas a la reforma laboral

LA LEY 2687/2012

El Congreso de los Diputados ha abierto un primer plazo para la presentación de enmiendas al proyecto de ley de reforma laboral, que concluirá el próximo 26 de marzo, tres días antes de la huelga general convocada por los sindicatos contra esta medida del Gobierno.

El texto del Ejecutivo fue convalidado por el Pleno del Congreso el pasado jueves con el apoyo del PP, CiU, Unión del Pueblo Navarro (UPN) y el Foro de Asturias (FAC), y tras ser aceptado su trámite como proyecto de ley, dio comienzo su andadura parlamentaria, aunque por el procedimiento de urgencia ya que procede de un decreto ley.

Una vez publicado el proyecto de ley, el siguiente paso será ahora el registro de enmiendas, cuyo plazo inicial será sólo de ocho días y que concluye el próximo día 26, aunque podría prorrogarse a instancias de los grupos parlamentarios.

PSOE E IU PRESENTARÁN TEXTO ALTERNATIVO.

Los socialistas ya avanzaron que van a registrar una enmienda a la totalidad, que al tratarse de un proyecto de ley surgido de un decreto ley convalidado requiere presentar un texto alternativo. El PSOE se basará en la reforma realizada en 2010 por el Gobierno de Zapatero y contra la que se convocó una huelga general, así como en el acuerdo alcanzado por los agentes sociales a finales de enero en relación con la moderación salarial y la negociación colectiva.

Al igual que ellos, el grupo parlamentario de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) también tienen intención de hacer lo propio, según ha venido señalando su coordinador general, Cayo Lara, que también habló de la posibilidad de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma.

ANTES A SINDICATOS Y EMPRESARIOS.

Para preparar esas enmiendas, el grupo parlamentario que capitanea Soraya Rodríguez también ha solicitado formalmente a comparecencia en el Congreso de los sindicatos Comisiones Obreras (CC.OO.) y UGT, así como de las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, a poder ser antes de que concluya el plazo de presentación de enmiendas, para que expongan su visión de la reforma laboral.

El objetivo de esta petición, según explicó el PSOE, es que el Gobierno escuche a los agentes sociales y modifique en buena parte su reforma laboral, lo que podría traer consigo la desconvocatoria de la huelga general del próximo día 29.

Una vez que se cierre el plazo de enmiendas, habrá de convocarse un debate de totalidad, que como pronto podría ser el mismo día 29 de marzo en que está convocada la huelga general, o bien el 12 de abril, después de la Semana Santa.

El siguiente paso, dando por hecho que la mayoría absoluta del PP tumbará los textos alternativos que pueda presentar la oposición, se entrará en la negociación de las enmiendas parciales para retocar el articulado del proyecto de ley. Mientras discurre todo este proceso, el decreto ley está en vigor desde el día siguiente en que lo aprobara el Consejo de Ministros.

Fuente: Europa Press

http://laleydigitalespecializadas.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAO29B2AcSZYlJi9tynt/SvVK1+B0oQiAYBMk2JBAEOzBiM3mkuwdaUcjKasqgcplVmVdZhZAzO2dvPfee++999577733ujudTif33/8/XGZkAWz2zkrayZ4hgKrIHz9+fB8/IorZ7LMXpzv07O7u7T/Y+4WXed0U1fKzvZ3dvZ17u5/ig+L8+mk1fXO9yj87z8om/4WLrG3z+rPn2aSqs1L//L3y68++OH5z+urs+P8BqvpomFYAAAA=WKE

martes, 20 de marzo de 2012

INFORMACION HUELGA GENERAL 29 DE MARZO

os pasamos los siguientes enlaces de video sobre la Huelga General:


http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=Jb70L5UO2xk

http://www.youtube.com/watch?v=4UzA4L1EXLc&feature=player_embedded

http://www.youtube.com/watch?v=5KWs6bzw-HU&feature=youtu.be

Y los siguientes artículos publicados hoy por Cándido Méndez y Toni Ferrer:

http://www.elplural.com/2012/03/18/ganar-la-huelga-general-del-29-de-marzo/

http://www.cuartopoder.es/tribuna/el-futuro-esta-en-juego/2436

ASAMBLEA INFORMATIVA

CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA INFORMATIVA DE LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT EN LA CIUDAD DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS
Estimados compañeros y compañeras:

Desde la Sección Sindical de UGT en C.A.C.S.A. queremos informaros sobre la convocatoria de Huelga General del próximo 29 de Marzo del 2012, las causas de la mencionada convocatoria, etc.

Intentaremos solventar cualquier duda que tengáis al respecto.

Por ello os convocamos a una asamblea informativa el martes 27 de Marzo en la sala de prensa del Museo. Debido al especial horario de los empleados de CACSA, y para no entorpecer el normal funcionamiento de la actividad, resultará más conveniente realizar dos asambleas (o dos sesiones de la misma) el mismo día, en horario de mañana a las 14:30 horas y de tarde a las 19:00 horas.

Esperamos vuestra asistencia.

Sección Sindical de UGT en C.A.C.S.A.


En Valencia a 15 de Marzo de 2012

lunes, 12 de marzo de 2012

QUIEREN ACABAR CON TODO

DECLARACIÓN DEL CONSEJO CONFEDERAL DE CCOO Y DEL COMITÉ CONFEDERAL DE UGT

La reforma laboral aprobada por el Gobierno, sin diálogo ni negociación con los interlocutores sociales, es una pieza más de las políticas de ajuste que promueven las instituciones Europeas, lideradas por los Gobiernos de Alemania y Francia, para satisfacer las demandas de los mercados financieros que especulan con las deudas soberanas.

La Unión Europea, desde mediados de 2010, orientó sus políticas para enfrentar la crisis, exclusivamente hacia la reducción del déficit público, renunciando a cualquier estímulo a la reactivación económica y apostando por la reducción del gasto social y la desregulación del mercado laboral. En realidad, las políticas europeas no buscan la mejor salida de la crisis,sino aprovechar la misma para debilitar el Estado social y los derechos de los trabajadores.

Las políticas antes citadas no han conseguido los objetivos anunciados; por el contrario han alejado el crecimiento y la Unión Europea volverá a entrar en recesión. El resultado es elocuente: 24,5 millones de personas en paro. Imponer estas políticas también ha comportado graves consecuencias para la calidad de la democracia en Europa. No se ha dudado en forzar cambios en las constituciones soberanas de varios países, y en otros se han impuesto gobiernos tecnocráticos. Todo ello promovido desde las élites políticas, negando la participación de la ciudadanía. España es un buen ejemplo de lo que decimos.

En nuestro país, las políticas aplicadas desde 2010 –a las que ya respondimos con una
huelga general el 29 de septiembre de 2010- han supuesto la paulatina degradación de los servicios públicos y las políticas sociales que, en el marco de la crisis, está sirviendo de coartada para su progresiva privatización, generando mayores injusticias y desigualdades entre la ciudadanía. Por otro lado, se está produciendo un empeoramiento de la situación económica: se ha deprimido el consumo, el crédito sigue sin fluir pese a las ayudas a las entidades financieras, cae la actividad económica, y crece el desempleo, que entre los jóvenes alcanza una tasa cercana al 50%.

Cambio de ciclo político

El cambio de ciclo político iniciado en las elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2011 y que culminó en noviembre pasado con el triunfo por mayoría absoluta del PP, ha provocado la mayor concentración de poder institucional que ha tenido fuerza política alguna desde el inicio de la democracia. El nuevo Gobierno, lejos de corregir las fracasadas políticas anteriores, ha optado por insistir y profundizar en ellas. Nunca un Gobierno hizo tanto y en tan poco tiempo por acabar con la arquitectura social y laboral que entre todos decidimos poner en marcha tras las primeras elecciones democráticas de 1977, y que fue consagrada por la Constitución española.

Insistir en las citadas políticas es suicida. La ausencia de actividad económica es la que explica que el desempleo siga creciendo en España. Hace ya dos años y medio que el movimiento sindical propuso un Pacto por el Empleo, con participación de los poderes públicos, las organizaciones sindicales y empresariales y las fuerzas políticas parlamentarias. Un Pacto que contemplase la política fiscal, la reforma del sistema financiero, la política de rentas, el control de los precios, la política industrial, y que combinase las medidas de flexibilidad interna en las empresas con otras destinadas a la reactivación económica y al cambio del modelo productivo. Ni éste ni el anterior Gobierno fueron sensibles a esta propuesta.

Ahora nos encontramos con una nueva reforma laboral, aprobada mediante Real Decreto,
sin negociación con los interlocutores sociales, que no respeta el reciente acuerdo entre las organizaciones sindicales y empresariales, y que tanto en la forma como en el fondo puede ser inconstitucional. Una reforma aplaudida por los empresarios y por los foros internacionales que defienden las políticas de ajuste.

La reforma laboral del Gobierno que preside Mariano Rajoy interrumpe el derecho del trabajo y lo reemplaza por una ilimitada arbitrariedad empresarial; facilita y abarata el despido; no reduce las modalidades de contratación y por el contrario las aumenta y precariza; introduce discriminaciones en las posibilidades de empleo; rompe el equilibrio de la negociación colectiva; y abre las puertas al despido, por primera vez, en las Administraciones Públicas.

Pero, además, se asesta un duro golpe a nuestro modelo social, a los pilares del Estado de bienestar: la sanidad, la educación y las políticas sociales. La constitución, hace unas semanas, de la Plataforma en defensa del Estado de Bienestar y los Servicios Públicos es una excelente herramienta para unir a amplios colectivos de la sociedad española y combatir los recortes de las políticas públicas. Por si fuera poco, el Gobierno anuncia su voluntad de eliminar o devaluar importantes derechos civiles como el derecho de las mujeres a la interrupción del embarazo, el matrimonio homosexual o los derechos de la inmigración. De no evitarlo asistiríamos a una quiebra de nuestro modelo de convivencia, y a la confirmación de un programa de acción política sometido a las exigencias de los mercados financieros.

Por todo ello, el Comité Confederal de UGT y el Consejo Confederal de CCOO, máximos
órganos de dirección de ambos sindicatos, han decidido convocar una huelga general el 29 de marzo, y mantener la presión social hasta que el Gobierno rectifique y abra una negociación para abordar la situación aquí denunciada. Hacemos un llamamiento a los trabajadores y trabajadoras de la producción y los servicios, de las Administraciones Públicas, para que participen en esta huelga. Igualmente, nos dirigimos al resto de la ciudadanía para que la apoye y se manifieste contra estas medidas que, de llevarse a cabo, acabarán con derechos históricos, que tanto nos costó conquistar.

¡QUIEREN ACABAR CON TODO¡
HUELGA GENERAL EL 29 DE MARZO

viernes, 9 de marzo de 2012

COMUNICADO COMITE EMPRESA CAC.SA

Comunicado del Comité de empresa de CACSA

Como ya sabéis, el pasado Jueves, la empresa comunicó que hasta nueva orden, queda suspendido el servicio de Ludoteca para hijos de empleados. Se han realizado distintas propuestas alternativas para mantener este beneficio, no siendo posible su materialización.

La empresa ha trasladado al Comité que no existe otra posibilidad al respecto.

Parece ser que la medida viene motivada por el DECRETO-LEY 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana, de 10-01-2012, y que en su artículo 9 dice:

Artículo 9. Acción social
Durante los ejercicios a que se refiere la disposición final octava, y para el personal incluido dentro del ámbito subjetivo del presente decreto-ley, se suspende la convocatoria y concesión de cualquier ayuda en concepto de acción social, así como cualquier otra que tenga la misma naturaleza y finalidad, sin perjuicio de la contratación de pólizas de seguro para la cobertura de contingencias por accidentes de los empleados y empleadas.

No obstante, os mantendremos informados de cualquier novedad al respecto.

Valencia, 5 de Marzo de 2012.

El Comité de Empresa de C.A.C.S.A.

jueves, 16 de febrero de 2012

UGT - INFORMA

Sector de Administración Autonómica y Justicia – 14/02/2012
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LA REFORMA LABORAL PREVÉ APLICACIÓN DE DESPIDO POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS U ORGANIZATIVAS, TANTO EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS COMO EN EL SECTOR PÚBLICO.


La reforma laboral aprobado el pasado viernes mediante el Decreto Ley 3/2012, prevé expresamente la aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción tanto en el Sector Público como en las Administraciones Públicas, a través de la disposición adicional segunda del citado Real Decreto Ley.

Esta Disposición Adicional añade una Disposición adicional Vigésima al texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, el primer párrafo de dicha disposición dice que el despido por dichas causas se aplicará al personal laboral al servicio y organismo y entes que forman parte del sector público, de acuerdo por la previsión contenida en el artículo 3.1 de la Ley de Contratos del Sector Público y conforme a la disposiciones a dichas causas contenidas en los artículos 51 y 52 c) del Estatuto de los Trabajadores.

Hasta la fecha no era posible aplicar estas causas a las de Administraciones Públicas y al sector público ante la dificultad de justificar tal despido por falta de solvencia o liquidez de las Administraciones y Empresas Públicas, esta es una situación que supera directamente el Real-Decreto Ley.

Definiendo que “concurren causas económicas cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos. Se entenderá persistente si dicha insuficiencia presupuestaria se produce durante tres trimestres consecutivos”.

Las mismas causas podrán aplicarse también en las Administraciones Públicas conforme a tal previsión y según el contenido del segundo párrafo de la Disposición Adicional Segunda.

Os recordamos a su vez, que los entes u organismos que forman el sector público lo conforman según el artículo 3 de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 5 de la Ley de Hacienda Valenciana, las siguientes instituciones:



1).- Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.

2).- Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales; las universidades públicas, las agencias y cuales quiera entidades de derecho público con personalidad jurídica propia.

3).- Las sociedades mercantiles con capital social participado directa o indirectamente por un importe superior al 50% de las Administraciones Públicas.

4).- Los Consorcios dotados de personalidad jurídica propia.

5).- Las Fundaciones.

6).- Las Mutuas de Accidente de Trabajo.

7).- Las asociaciones constituidas por entes u organismo entidades citadas anteriormente.

El despido por las citadas causas económicas, técnicas, organizativas y producción se podrán producir en las Administraciones Públicas y el Sector Público sin requerir la conformidad de la Autoridad Laboral ni la Inspección de Trabajo.

Os hemos reseñado lo que afecta al tema más grave planteado por la reforma laboral y relativo al despido de las Administraciones Públicas y en el Sector Público. Pero la reforma laboral contiene muchísimos más temas que pueden ser de interés de todos vosotros y vosotras. Con la finalidad de facilitar la información relativa a los cambios producidos, en nuestra página Web:

http://www.fspugtpv.org/fsp

Tenéis un extenso cuadro comparativo de los artículos que han sufrido modificación con el texto antes de la reforma y el reformado. Los artículos que no se citan no sufren modificación alguna.

Desde la FSP-UGT-PV RECHAZAMOS GLOBALMENTE EL CITADO DECRETO-LEY Y OS CONVOCAMOS A LA MANIFESTACIÓN POR LA RETIRADA DEL CITADO DECRETO QUE SE VA A CELEBRAR EL PRÓXIMO 19 DE FEBRERO A LAS 12,00 HORAS EN:

VALENCIA:
Salida Plaza San Agustín.


Valencia a 14 de febrero de 2012.

El TSJ admite a trámite el recurso sindical contra el decreto de recortes

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha admitido a trámite el recurso de los sindicatos UGT, CCOO, CSIF, Fses e Intersindical contra el decreto-ley de recortes del Gobierno de la Generalitat "por vulneración de derechos fundamentales".

Según recuerdan los sindicatos en un comunicado, el recurso se fundamenta en la vulneración de los derechos constitucionales de libertad sindical y negociación colectiva, no privación de bienes y derechos, y derecho al trabajo, la igualdad y la no discriminación.

El Gobierno valenciano debe alegar en 10 días ante el tribunal sobre la petición sindical de suspensión de la aplicación del decreto-ley de medidas urgentes para la reducción del déficit de la Comunidad Valenciana.

Los sindicatos anuncian en el comunicado que continuarán con su calendario de movilizaciones y el ejercicio de todas las acciones legales posibles hasta que el Consell retire el decreto-ley y negocie con ellos medidas alternativas a los recortes que no supongan la merma de derechos laborales y de servicios públicos.

El pais
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/02/15/valencia/1329330173_937051.html

PROXIMAS MOVILIZACIONES

Como ya sabéis, el viernes, el consejo de ministros aprobó por decreto-ley la nueva reforma laboral (Decreto-ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral).

Ante la imposibilidad de poder dialogar con el Gobierno, los sindicatos, tras conocer el mismo viernes los detalles de esta ley, que deja al trabajador en una situación de desprotección total, han convocado movilizaciones en toda España.
Por nuestra parte, deciros que no estamos de acuerdo con el Decreto-ley, ya que vulnera derechos fundamentales del trabajador.

Ningún causante de esta crisis está pagando, y no parece lógico pensar que tengamos que ser nosotros, los trabajadores, los paguemos por las negligencias de otros, aunque nos hagan creer que esta es la única manera de salir de esta situación.
No se pide responsabilidades a políticos, ni se les regula con decretos-ley, como se hace con nosotros, tampoco se pide responsabilidades a los bancos, que después de haberse enriquecido, piden a los gobiernos que se les rescate con dinero público, nuestro dinero, y se juzga prácticamente por el mismo rasero a las pequeñas empresas que intentan sobreponerse a la crisis, que a las grandes empresas que, aún teniendo beneficios millonarios, se creen con el derecho de poder despedir a los trabajadores que llevan años prestando servicio en ellas a un precio ridículo.

En definitiva, hay maneras de salir de esta crisis sin que tengamos que pagarla nosotros ni los que vengan detrás nuestro, y por ello nos gustaría pediros vuestra participación en las movilizaciones del próximo domingo.

DOMINGO 19 DE FEBRERO A LAS 12:00h PLAZA DE SAN AGUSTÍN