Exigencia de acreditar 5.475 días o 15 años de cotización efectiva para acceder a la jubilación contributiva
MS 4241
MSS 3018
MDE 6137, 6140
RDL 8/2010 disp.derog.única.Uno.a), BOE 24-45-2010
Para el reconocimiento de una pensión de jubilación contributiva -a partir del 25-5-2010- es preciso acreditar 5.475 días, esto es, 15 años de cotización efectiva sin computar los días cuota (correspondientes a las dos gratificaciones extraordinarias). Se elimina así el período transitorio establecido con el objeto de respetar derechos en curso de adquisición y que demoraba la acreditación de la carencia mencionada hasta el 1-1-2013.
A partir del 25-5-2010 para el reconocimiento de una pensión de jubilación contributiva se exige acreditar 5.475 días o 15 años de cotización efectiva sin computar los días cuota correspondientes a las dos gratificaciones extraordinarias. Se elimina así el período transitorio que permitió, hasta el 24-5-2010, la jubilación de quien acreditaba tan sólo 5.008 días de cotización efectiva. Norma transitoria en cuyo marco no se alcanzaba hasta el 1-1-2013 la exigencia actual de 5.475 dí
No hay comentarios:
Publicar un comentario