jueves, 24 de septiembre de 2009

¿QUE ES EL ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO?

ENTREVISTA A MARI CRUZ ESPARTOSA, LETRADA DE LA ASESORÍA JURÍDICA SOBRE ACOSO DE UGT-MADRID

¿Qué es el acoso sexual en el trabajo?

“Es una conducta que se da dentro del trabajo, el acoso sexual consiste en un comportamiento de carácter libidinoso no deseado por generar un ambiente laboral desagradable, incomodo, intimidatorio, hostil, ofensivo o humillante para el trabajador, que ataca a la dignidad de la persona, normalmente suele darse por un superior jerárquico que, abusando de su posición de dominio, intenta obtener favores de parte de la mujer trabajadora u hombre trabajador.”

“El acoso sexual ambiental es cuando un trabajador tiene que soportar determinados comentarios, actitudes y comportamientos soeces o proposiciones que van asociadas a los beneficios que se obtendrían de ceder y los perjuicios que ocasionará no atender a los requerimientos, lo que atenta contra la intimidad e integridad del trabajador.”
“Es siempre una situación de fuerza y, si la trabajadora no accede a la solicitud de favores sexuales, entonces se produce una situación de acoso laboral, el superior va a intentar que sus derechos, su desarrollo laboral sea lo más nefasto posible para que la trabajadora decida dejar el trabajo ante la imposibilidad de aguantar la situación.”
“A veces se ve como una conducta normal del ambiente y de los valores machistas que aún tenemos en la sociedad. En muchas ocasiones se ve como un “machote”, y se generan comentarios y risas sin pensar que esa situación está causando un daño sobre la víctima.”

¿Quiénes son las víctimas más propicias?

“Suelen ser mujeres, en situación de necesidad laboral, muchas veces separadas, con cargas familiares que les fuerzan a aceptar o aguantar aunque sea con coste a la salud física y mental”. El carácter más dócil, a veces acentuado o provocado por la propia situación de necesidad, suele ser también una característica general.
“Las mujeres solteras con hijos, separadas o divorciadas que tienen que mantener solas a sus hijos es uno de los colectivos más abonados.”
A veces ocurre que el acoso sexual se produce posterior a una relación consentida, explica Espartosa. Es decir, cuando la relación se rompe y el que ostenta el puesto de jefe quiere seguir manteniendo los beneficios sexuales sobre la trabajadora.
En estas situaciones su suele llegar el acoso laboral, para hacer imposible la permanencia de la trabajadora.

¿Cuáles son los riesgos para las víctimas del acoso sexual en el trabajo?

“El daño psicológico y moral es la primera, la más grave de las consecuencias. Hay gente que se queda muy tocada y que eso le puede marcar para el resto de su vida. Hay gente que lo puede superar con tiempo y con terapia. Pero el daño a la
salud moral, psicológica y a veces también física es lo peor.”
”Yo pienso que el acoso sexual en el trabajo, valorando los conocimientos que tengo y las circunstancias, donde más daño se hace es a la integridad de la persona, a la situación anímica y moral que es que va a gobernar el resto de la vida y de las respuestas. Si una persona se siente menospreciada, que no vale nada, incluso se siente culpable.”

¿Qué hay que hacer ante una situación de acoso sexual en el trabajo?

Mari Cruz Espartosa insiste en que lo primero es externalizarlo, es decir, comentarlo con los compañeros, con los responsables de personal, con el comité de empresa. De esta forma, los demás pueden estar atentos a estas situaciones e intentar
evitarlas. “Lo que ocurre es que muchas veces la gente no se atreve.”
“Lo primero es externalizar, que no se callen, que no se aguanten. A veces, por miedo a ser despedida se van callando.
Entonces el acosador piensa que hay un ánimo de consentir esas conductas, incluso a lo mejor hasta le gusta. Ellos nunca piensan que la situación de sometimiento es por la circunstancia de necesidad en la que suelen estar las víctimas."

¿Dónde debe dirigirse una trabajadora que sufra acoso sexual en el trabajo?

“Cualquier trabajadora que se encuentre en una situación de este tipo debe dirigirse a su delegado sindical o, si no hay representación sindical en su empresa, puede ponerse en contacto con la unión comarcal de UGT que le corresponda.
Desde allí la pondrán en contacto con la asesoría jurídica sobre acoso”.

En los casos de despido por denunciar el acoso sexual, o cuando la trabajadora no accede a los requerimientos sexuales del superior, el despido se considera nulo.
“En esos casos, la empresa tiene que readmitir a la trabajadora y poner los medios
para que no vuelva a ocurrir. De no hacerlo, la empresa incurre en una irresponsabilidad de cara a la prevención de una vulneración de los derechos fundamentales." Sector Estatal

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