sábado, 29 de abril de 2017

Estimados compañeros/as.

Tras remitir la sentencia el abogado de UGT, nos ha comunicado que, la sentencia falla a favor de la empresa. Denegándonos la solocitud de cobrar el plus de domingos y festivos , para el personal de turnos, según el articulo 42 del convenio de oficinas y despachos de la provincia de Valencia, dado que el personal de turnos tiene el descanso establecido en sus calendarios y una compensación en tiempo (horas) para los festivos. Además de que sus contratos refleja que la jornada será de lunes a domingo.

Adjuntamos en la foto la parte más significativa de la sentencia.

No obstante, el gabinete jurídico estudiará si recurrir.

Por otro lado, ya está vigente el II PLAN DE IGUALDAD DE CAC !!!!
Es un largo trabajo que esperamos que os sea de utilidad.

 Os seguiremos informando del proceso.

Gracias, delegados de UGT

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